REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

DECISION N° 03.-
CAUSA N° JL01-X-2003-000007
IMPUTADO: JULIO ARTURO MEZA BALLEN Y LUIS ALBERTO PORRAS UREÑA
VICTIMA: MARIA TERESA SÁNCHEZ PÉREZ.
DELITO: ESTAFA, FALSA IDENTIDAD.
MOTIVO: INHIBICIÓN DEL JUEZ TERCERO DE EJECUCION, ABG. EVA AREVALO DE LOBO.
PONENTE: RAFAEL GONZALEZ ARIAS

Corresponde a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, conocer y decidir la inhibición formulada por la Juez de Tercero de Ejecución, Abg. Eva Arévalo de Lobo, para separase del conocimiento de la causa N° JL01-P-2002-000023, en la cual es penado el ciudadano Julio Arturo Meza Ballen.

DE LA INHIBICION

Al folio 01 de la presente causa, cursa acta de inhibición, en el cual el Juez Miguel Rafael Ledesma González, expone lo siguiente:
“...por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente pieza jurídica a los fines de decidir sobre el posible otorgamiento o no de una de las formulas alternativas al cumplimiento de la pena que le pudiera corresponder al penado Julio Arturo Meza Ballen, pude observar a los folios 81, 82, 88 y 89 de la segunda pieza, que actué como defensora del ciudadano antes mencionado, en mi condición de defensora pública de presos N° 01 de esta ciudad… encontrándome en consecuencia incursa dentro de las previsiones del artículo 86 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal…”

Esta Corte de Apelaciones para decidir observa:

Efectivamente a los folios 04, 05, 06, 07, 08 y 09 del presente cuaderno de incidencias, cursan copias certificadas de las actuaciones procesales que demuestran que la juez Eva Arévalo en el año 1997 actuó como defensora del ciudadano Julio Arturo Meza Ballen, en consecuencia se encuentra demostrada la causal de inhibición invocada por la juez Eva Arévalo prevista en el ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.

Establecido lo anterior, es procedente declarar con lugar la presente inhibición. Así se declara.

DISPOSITIVA

Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la Juez de Tercero de Ejecución, Abg. Eva Arévalo de Lobo, para separase del conocimiento de la causa N° JL01-P-2002-000023, en la cual es penado el ciudadano Julio Arturo Meza Ballen. Todo de conformidad con el ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Déjese copia certificada. Remítase.-
LA JUEZ PRESIDENTE



FATIMA CARIDAD DACOSTA


EL JUEZ PONENTE



RAFAEL GONZALEZ ARIAS
EL JUEZ



MIGUEL ANGEL CASSERES GONZALEZ

LA SECRETARIA




ESMERALDA RAMIREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA


ESMERALDA RAMIREZ