REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN CALABOZO.
Tribunal Penal de Control de Calabozo
Calabozo, 30 de Octubre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : JP11-S-2003-000726
ASUNTO : JP11-S-2003-000726
Por recibido y revisado el anterior escrito, proveniente de la Fiscalia Superior del Estado Guárico, en el cual el Fiscal Superior encargado Abogado Robert José Mesa Acevedo, procediendo de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, solicita a éste Tribunal se decrete Medidas de Protección a favor del ciudadano LUIS GONZAGA RODRIGUEZ ALVAREZ, en su condición de victima de los hechos narrados en declaración rendida ante la Fiscalia Quinta del Ministerio Público de esta Ciudad, en fecha 01-10-03.
El Tribunal, leída como ha sido la mencionada declaración, estima de carácter grave los hechos allí narrados y en consecuencia, de conformidad con la normativa citada y el artículo120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal acuerda dictar Medida de Protección a favor del ciudadano LUIS GONZAGA RODRIGUEZ ALVAREZ, quien es venezolano, natural de Guayabal Estado Guárico, de 61 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en el Barrio Vicario I, calle 01, Avenida Carlos del Pozo N° 20 de esta Ciudad y titular de la cédula de identidad N° 2.232.245, y a su familia, consistente en el apostamiento policial en la residencia de dicho ciudadano durante el lapso de Noventa (90) días, disponiéndose librar oficio a la Comandancia de la zona Policial N° 03 de esta Ciudad; a los efectos de la implementación de la medida aquí acordada. Notifíquese a la Fiscalia Superior del Estado Guárico y a la victima de lo aquí acordadado. Librese oficio a la Zona Policial N° 03. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01
ABOG. JOSAFAT GONZALEZ PERAZA
EL SECRETARIO
JGP/mdrcr