REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
DECISIÓN Nº 05
ASUNTO Nº JJ01-X-2004-000013
IMPUTADO: ALBERT HERNÁNDEZ Y OTRO.
MOTIVO: INHIBICIÓN JUEZ DE CONTROL Nº 01. ABOGADO JOSE ALEXY RUEDA.
PONENTE: FÁTIMA CARIDAD DACOSTA
El ciudadano Abogado José Alexy Rueda Castro Juez Temporal del Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en el Asunto jurídico Nº JP01-S-2003-000260 (nomenclatura interna de ese tribunal), donde aparecen como imputados el ciudadano Albert Hernández, Manuel Antonio Fernández y José Santiago Herrera, expresó mediante diligencia consignada en fecha 05 de Abril del 2004, su voluntad de inhibirse en el conocimiento del asunto principal, en virtud de que la defensa de los referidos imputados, es la ciudadana Maigualida Morgado Rueda, Defensora Pública Penal; quien tiene parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad con el inhibido, tal y como el mismo lo reconoce en su escrito: “es una prima muy querida y apreciada..”
Por las razones anteriores y en resguardo a la efectiva administración de justicia y el equilibrio procesal, se separa del conocimiento del asunto, conforme al artículo 86 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal .
RESOLUCIÓN DE LA SALA
La Sala ha sostenido de manera reiterada que la verdadera garantía judicial del Juez imparcial que exige el principio del Juicio Previo y del Debido Proceso, debe preservarse y cuando surge en el Juez una causal que afecta su competencia subjetiva para decidir, dicho funcionario debe separarse del conocimiento del asunto sin esperar a que se le recuse; ya que esto afecta el derecho a la tutela judicial efectiva y a la transparencia que debe acompañar la actuación judicial.
El Juez inhibido invoca sentimientos y afectos que sólo pueden unir a los miembros de una misma familia y que le toca a él medir en fuerza e intensidad. Razón por la cual la Sala estima, procedente la causal invocada para no continuar conociendo del referido asunto jurídico. Y asi se decide.
DISPOSITIVA
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el ciudadano José Alexy Rueda Castro Juez Primero de Control Temporal del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico , en el Asunto Jurídico Nº JP01-S-2003-0002960 donde aparecen como imputados los ciudadanos Albert Hernández, Manuel Antonio Fernández y José Santiago Herrera . Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 ordinal 1º, 87, 90, 95, del Código Orgánico Procesal Penal .
Publíquese. Déjese copia certificada. Diarícese. Remítase al Tribunal de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal.
EL JUEZ PRESIDENTE DE SALA,
RAFAEL GONZÁLEZ ARIAS.
LA JUEZ,
FÁTIMA CARIDAD DACOSTA
EL JUEZ,
MIGUEL ÁNGEL CÁSSERES GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA,
ESMERALDA RAMÍREZ.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA.