REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Tercero de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 10 de Marzo de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : JL01-P-2002-000072
ASUNTO : JL01-P-2002-000072


Firme, ejecutada y concluida como se encuentra la presente causa, en relación con el penado Francisco Javier Linares Bravo, venezolano, soltero, de 33 años de edad, profesión u oficio Chofer, nacido en fecha 26/05/1964, natural de Maracay, Estado Aragua, portador de la cédula de identidad N° 9.430.505, residenciado en Av. La Candelaria, Casa N° 01-01-, Santa Cruz de Aragua, Maracay, Estado Aragua, por haber cumplido en fecha 20/09/02 la totalidad de la pena impuesta, por la práctica de la Redención Judicial de la Pena, que corre inserta a los folios 12 al 14 de la presente pieza jurídica y visto el escrito que antecede emanado de la Prefectura del Municipio Lamas del Estado Aragua, suscrito por el ciudadano Víctor Palacios Paredes en su condición de Prefecto, donde comunica que el mencionado penado cumplió con la obligación establecida por este Tribunal en cuanto a la pena accesoria de presentarse ante esa prefectura desde el día de la culminación de la pena, esto es, desde el día 20/09/02 hasta el 03/11/02, en consecuencia, se tiene por terminada la causa y se ordena su remisión al Archivo Central de esta ciudad, así como la exclusión del Sistema Policial Computarizado. Cúmplase.
La Juez,

El Secretario,
Abog. Carmen Brito Rausseo

Abg. Alejandro Rodríguez.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron las respectivas boletas de notificaciones y oficios Nros. 1039 y 1044.

El Secretario,

Abg. Alejandro Rodríguez.