República Bolivariana de Venezuela.
En su Nombre.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.

193° y 145°

ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 4620
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): Rosangel Rattia Herrera y Wilmer José Rattia Herrera.

En relación a la solicitud de fecha 25 de febrero del año 2004, suscrita por los ciudadanos Rosangel Rattia Herrera y Wilmer José Rattia Herrera, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de estado civil solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-9.890.919 y V-10.673.906, respectivamente, asistidos de abogado, donde solicitan en su condición de hijos, sean declarados como Únicos y Universales Herederos de su difunto padre Oscar Manuel Rattia Camacho, quien falleció ab-intestato el día 29 de septiembre del año 2003, en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara conforme a los autos a los ciudadanos Rosangel Rattia Herrera y Wilmer José Rattia Herrera, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, del difunto Oscar Manuel Rattia Camacho. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.-

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil cuatro (2004). Años 193° de la Independencia y 145º de la Federación.



El Juez,

Abg. Iván González Espinoza.-
La Secretaria,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.-

En la misma fecha siendo las 11:00 a.m., se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaria,






IGE/jcp.-
SOL. Nº 4620