La ciudadana ANA CISNERO DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.794.905, domiciliada en el Barrio Nicaragua, calle 3 con Carrera 13 de esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, en representación de su menores hijos WILMER JOSE, VICTOR JOSE y YENNYS YOSMARY contra VICTOR JOSE BLANCO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.274.661 y domiciliado en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico. El presente proceso se inció por Solicitud de PENSION ALIMENTARIA, presentada por la ciudadana ANA CELIA CISNERO DE BLANCO en representación de sus menores hijos WILMER JOSE, VICTOR JOSE Y YENNYS YOSMARY, presentada en fecha 16 de Febrero de 2004. Admitida la demanda en fecha 19 de Febrero de 2004, se acordó la citación del demandado para la contestación de la demanda y el acto conciliatorio, se fijo una pensión provisional de Ochenta Mil Bolivares (Bs.80.000) mensuales, y se ordenó la notificación del Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial..-