República Bolivariana de Venezuela Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-

193° y 145°

Juez:
PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES
Nº de Expediente:
04-17
Nº de Sentencia:
05
Fecha:
05/04/2004
Titulo de la Sentencia:
EMBARGO EJECUTIVO
Categoría:
PROCEDIMIENTO MERCANTIL
Procedimiento:
COBRO EN BOLÍVARES
Partes:
DEMANDANTE: NESTOR BRÍGIDO TOLEDO CONTRA: WILLIANS FLORES
Texto de la Sentencia:
En el despacho del día de hoy, cinco de Abril del dos mil cuatro, siendo las dos de la tarde, (2:00 PM), comparecen por ante este despacho los ciudadanos: Willians Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.511.357, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Carlos Ron, inscrito ene. I.P.S.A, bajo el Nº 622, y el abogado en ejercicio: Néstor Brígido Toledo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.616.928, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 29.253, , quien es demandante en la presente causa, a los fines de hacer TRANSACCIÓN JUDICIAL, donde el ciudadano: Willians Flores, se compromete a cancelar la obligación que había contraído mediante dos (2) letras de cambio por un monto la primera por CUATROSCIENTO MIL BOLÍVARES, (400.000,oo Bs.), según expediente Nº 03-580, y la segunda por CUATROSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (437.500,oo Bs.), según expediente Nº 03-562, incluidos las costas de los dos (2) juicios, sumando un total de OCHOSCIENTOS TREIONTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES, (837.500,oo Bs.), cantidad esta que cancela en este acto al Demandante antes identificado y solicito del mismo que me haga el finiquito de cancelación final. Seguidamente expone el demandante: “Acepto la transacción y el pago que me hace en este acto el demandado: Willians Flores y doy por terminada las controversias que originaron estos juicios, asimismo hago el finiquito final donde el demandado cumplió con la obligación y por eso doy por terminada y canceladas dichas obligaciones, solicito al Tribunal de la causa que homologue la presente transacción y archive los Expedientes respectivos”. Acto seguido el Tribunal vista la presente transacción entre el demandado y el demandante, el Tribunal la admite y en consecuencia ordena sea incorporada a los expedientes respectivos, para que sean homologadas y archivadas por el Tribunal de la causa. El tribunal ordena que sea devuelto el Expediente al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez provisorio.
Abg. Pedro Rubén Callejas Reyes.-
El Secretario.
Antonio María Nadales Bandres.-