REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

ASUNTO : JP01-X-2004-000032
Decisión N° 43
Motivo: Inhibición
Abg. Nereyda Tibisay Flores Figueroa.
Juez Primero de Control, extensión Calabozo
Ponente: Miguel Angel Cásseres González
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I
Conoce este tribunal colegiado de la inhibición propuesta por la juez profesional Nereyda Tibisay Flores Figueroa, Juez 1° de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, en la causa donde aparece como imputado el ciudadano Fermín E. González Jiménez, en virtud de que el señalado imputado se encuentra representado judicialmente por los abogados Luis Antonio Rangel Trocell Aurora Nuñez Ríos, quienes según la inhibida, son sus enemigos personales.
Funda la señalada funcionaria su separación de conocer, en el artículo 86 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal (folios 1 y 2).
Consigna la señalada funcionaria los elementos de convicción donde aparecen los señalados profesionales del derecho, con los cuales según su manifestación de voluntad, mantiene enemistad manifiesta (folios 4 al 7).
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, ha decidido en otras oportunidades muy recientes, declarar con lugar las inhibiciones de la juez Nereyda Tibisay Flores Figueroa, donde actúan los abogados que integran el bufete "Rangel Trocell", por las relaciones de enemistad entre la preseñalada juez y los integrantes del señalado escritorio. Y siendo que, la enemistad manifiesta entre las partes y el operador de justicia constituye una causal contenida expresamente en la ley (artículo 86 ordinal 4° C.O.P.P.), se torna indispensable declarar con lugar la separación de conocer en el presente asunto que ha hecho la juez 1° de control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo. Así se decide.

II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara con lugar la inhibición propuesta por la Abg. Nereyda Tibisay Flores Figueroa, Juez 1° de Control extensión Calabozo, por estar hecha en forma legal y fundada en causal establecida por ley; y, por vía de consecuencia se aparta del conocimiento del presente asunto a la señalada funcionaria, quedando subsanada la crisis procesal subjetiva que afecta la presente relación jurídico procesal. Se funda la presente decisión en los artículos 86 ordinal 4° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Regístrese. Diarícese. Bájese la incidencia en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
El Juez Presidente,



Rafael González Arias
El Juez, (Ponente)




Miguel Angel Cásseres González
La Juez,



Fátima Caridad Dacosta
La Secretaria,


Annakarine Peña

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,


Annakarine Peña