REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 10

ASUNTO Nº JJ01-X-2004-000032
VÍCTIMA: DIANA ESTRELLA SALINAS MARTÍNEZ
MOTIVO. INHIBICIÓN DE LA JUEZ DE CONTROL Nº 05 MARIA ANTONIETA SCOTT.
PONENTE: FÁTIMA CARIDAD DACOSTA

La ciudadana Abogado MARIA ANTONIETA SCOTT DE BRITO actuando en su condición de Juez de control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico , presentó diligencia el 02 de Julio del 2004 en la cual expresó su voluntad de inhibirse del conocimiento del asunto jurídico Nº JP01-S-2004-002087 donde aparece como víctima la ciudadana DIANA ESTRELLA SALINAS MARTÍNEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 14.146.552 y de este domicilio.
Indicó la Juez que se inhibe , como motivo para no conocer del referido asunto jurídico lo siguiente:

“...Visto que cursa por ante este tribunal , asunto signado con el Nº JP01-S.2004-002087, en donde una de las partes como representante del Ministerio Público es la Abog LUZ DEL CARMEN PALACIOS MATERANO, quien formuló denuncia en mi contra ante la Inspectoría General de Tribunales, lo que trajo como consecuencia la apertura de una investigación sobre los hechos denunciados, de los cuales se desprende evidente enemistad con mi persona, lo que igualmente ha producido quebrantamiento en mi imparcialidad y objetividad para conocer del asunto y siendo el deber de todo administrador de justicia velar por el principio de igualdad entre las partes, considero lo más pertinente y ajustado a derecho separarme del conocimiento del asunto y plantear formalmente INHIBICIÓN, todo de conformidad con los ordinales 4º y 8º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal ......”


RESOLUCIÓN DE LA SALA

La Sala ha sostenido en anteriores oportunidades que una de las características esenciales que debe reunir todo juzgador, es la idoneidad desde el punto de vista subjetivo, para asumir la resolución del conflicto que le ha sido presentado a su conocimiento.

Esa idoneidad subjetiva o aptitud personal debe estar manifestada fundamentalmente en cuatro indicadores que son: la imparcialidad, la capacidad, la cualidad y el rango.

El sentimiento de enemistad que pueda surgir en el juzgador contra alguna de las partes, como ocurre en este caso, contra una de las partes esenciales como es el representante del Ministerio Público, titular de la acción penal pública, impide que en efecto se garantice una justicia imparcial, idónea y transparente.

A los folios 3 y 4 del presente cuaderno de incidencia, cursan copias donde la ciudadana Nancy Castro de Várbaro Fiscal en Materia Disciplinaria Judicial a nivel nacional del Ministerio Público, solicita al ciudadano Inspector General de Tribunales Servio Tulio León Briceño, se aperture una averiguación disciplinaria en contra de la Abogada María Antonieta Scott, con motivo de la denuncia suscrita por la ciudadana Abogada Luz del Carmen Palacios Materano, Fiscal Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico.

Cursa también, oficio Nº 2772-04 de fecha 01-07-2004 dirigido a la ciudadana abogado María Antonieta Scott Juez de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 05 del Estado Guarico, donde se le notifica la apertura del mencionado Procedimiento Disciplinario por parte de la Inspectoría General de Tribunales.

Resulta a juicio de esta Sala evidente que el ánimo de la funcionaria denunciada no puede estar absolutamente revestido de objetividad, en los actuales momentos, por cuanto cualquier denuncia, independientemente del resultado que produzca la investigación disciplinaria, afecta al funcionario judicial, el cual debe dedicar parte de su tiempo a presentar sus alegatos de defensa.
Expuesto lo anterior, la Sala estima que existe una causa grave que hace procedente declarar con lugar la presente inhibición . Y asi se decide.
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DISPOSITIVA

Por las razones antes expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la ciudadana Abogado Maria Antonieta Scott de Brito en su condición de Juez de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal, en el asunto jurídico Nº JP11--S-2004-002087 donde aparece como víctima la ciudadana Diana Estrella Salinas Martínez., por existir actualmente una causa fundada en motivos graves que afectan su imparcialidad. Todo conforme a las disposiciones legales previstas en los artículos 86 ordinal 8º, 87, del Código Orgánico Procesal Penal .
Publíquese. Déjese copia certificada. Diarícese. Remítase al tribunal de origen.
EL JUEZ PRESIDENTE DE SALA,


RAFAEL GONZÁLEZ ARIAS
LA JUEZ, (PONENTE)


FÁTIMA CARIDAD DACOSTA

EL JUEZ,


MIGUEL ANGEL CÁSSERES GONZÁLEZ.

LA SECRETARIA,


ANNAKARINE PEÑA