REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO GUARICO.
194° Y 145°

San Juan de los Morros, 20 de Agosto de 2004


Vista la diligencia que antecede, estampada por una parte la abogada: MARIA BLEFARI, Apoderada Judicial de la parte demandada, y por la otra la ciudadana GLADYS HERNANDEZ parte demandante y el abogado JOSE G. VILLARROEL, Apoderado Judicial de la parte actora, y como quiera que la demandada dio cumplimiento al acuerdo de fecha 17 de Agosto del 2004 inserta al folio 73 del presente expediente, mediante la cual se da por cancelada la totalidad de lo adeudado, con motivo del procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por la ciudadana GLADYS JOSEFINA HERNANDEZ contra HILANDERIA SAN JUAN C.A., este Tribunal da por terminado dicho procedimiento y ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ,


DRA. YELITZA J. LOPEZ
LA SECRETARIA,


ABG. NINOLYA SUAREZ