REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO GUARICO.
194° Y 145°

San Juan de los Morros, 09 de Agosto de 2004


Por cuanto en fecha 25 de Septiembre de Dos Mil Tres (2.003), el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, dictó sentencia en la presente causa, quedando la misma definitivamente firme y ejecutada, se acuerda remitir el presente expediente al Archivo Judicial Inactivo, a tal efecto désele salida.

LA JUEZ,


DRA. YELITZA J. LOPEZ
LA SECRETARIA,

ABG. NINOLYA SUAREZ
En la misma fecha se remitió el presente expediente y se anoto su salida bajo el N°
La Secretaria.