REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión Nº 08
ASUNTO Nº: JP01-X-2004-000078
IMPUTADOS: WILLIANS ALEXIS RAMIREZ Y ANTONIO RAMÓN MORENO REDONDO.
MOTIVO: INHIBICIÓN DEL JUEZ DE JUICIO Nº 03 ABOG. ANGEL MONCADO. (EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA)
PONENTE: FÁTIMA CARIDAD DACOSTA
Le corresponde a la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico , conocer y decidir la incidencia de inhibición formulada por el abogado Ángel Rafael Moncado Álvarez, en su carácter de Juez en funciones de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de la Pascua en el asunto signado bajo el Nº JP21-P-2004-0000106 (nomenclatura interna de dicho tribunal) en la que aparece como imputados los ciudadanos Willians Alexis Ramírez y Antonio Ramón Moreno Redondo, por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y el delito de Peculado Propio tipificado en el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción.
El funcionario que se inhibe expone como fundamento para separarse del conocimiento del asunto, la causal prevista en el artículo 86 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, indicando lo siguiente:
“...En fecha 14 de Septiembre del 2004, se celebró Audiencia Oral por ante el Tribunal de control Nº 03, a mi cargo para esa fecha, en virtud de solicitud de prórroga del lapso de treinta días para que la Fiscalía del Ministerio Público presente acto conclusivo, y de solicitud de revisión de la Medida Privativa de libertad de los acusados WILLIANS ALEXIS RAMIREZ Y ANTONIO RAMÓN MORENO REDONDO, acordando el Tribunal la prórroga solicitada y mantener la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los mencionados ciudadanos, al considerar que no habían variado las circunstancias que motivaron la misma, por lo que en consecuencia me inhibo de seguir conociendo del mismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 86 ordinal 7º y artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal ….”
LA CORTE PARA DECIDIR OBSERVA
La función del Juez de Control, cuando actúa en la fase intermedia, lo obliga a revisar los elementos probatorios de la investigación que tocan el fondo del asunto controvertido que luego debe ser debatido en juicio.
Tal situación puede contaminar al juzgador que debe atender la fase de juicio, cuyo fin es ir totalmente desprovisto del conocimiento de los hechos que serán objeto de la controversia, ya que su convencimiento lo debe obtener de acuerdo al principio de concentración, unido a la inmediación, de las pruebas que serán evacuadas directamente durante las audiencias en que se desarrolle el juicio oral.
La garantía judicial del Juez imparcial, forma parte del principio constitucional de que todo ciudadano tiene derecho a ser juzgado conforme a las exigencias del Juicio previo y del Debido Proceso desarrollado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expresadas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en su sala única, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por el abogado ANGEL RAFAEL MONCADO ALVAREZ en su condición de Juez de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de la Pascua en el Asunto Nº JP21-P-2004-0000106 donde aparecen como imputados los ciudadanos Willians Alexis Ramírez y Antonio Ramón Moreno Redondo, por su presunta responsabilidad en la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes tipificado en el artículo 34 de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Peculado Propio , previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 ordinal 7º y 87 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese. Déjese copia certificada. Diarícese. Remítase a su tribunal de origen.
EL JUEZ PRESIDENTE DE SALA,
RAFAEL GONZÁLEZ ARIAS
LA JUEZ (PONENTE)
FÁTIMA CARIDAD DACOSTA
EL JUEZ,
MIGUEL ANGEL CÁSSERES GONZÁLEZ
LA SECRETARIA Temp,
Nely Luna
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria.