REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRÀNSITO Y DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO. San Juan de los Morros, Quince (15) de Diciembre del año 2.004.-

194º Y 145º

Actuando en Sede Civil


EXPEDIENTE: N° 5.664-04



Por cuanto consta a los autos, solicitud realizada por el abogado RAUL CARPIO MARTI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 20.2798, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano SANTIAGO JOSE ROMERO MARCANO, identificado a los autos, considerado por el Tribunal de Instancia como: “Tercero no Interesado”, y por cuanto consta de la misma manera que a través de decisión que define la Instancia en la etapa de ejecución de sentencia, emanada de la propia recurrida, de fecha 16 de Noviembre del año 2.004, el Tribunal recurrido decidió: “…suspende la ejecución…” y siendo que a los autos no consta que se haya oficiado de tal decisión recurrida al Tribunal Ejecutor de Medidas de la Jurisdicción del Distrito Infante y Ribas del Estado Guárico, y por cuanto tal decisión se encuentra en apelación ante este Superior, pudiendo generarse en el Tribunal, la Ejecución de una medida que pudiera lesionar los Derechos Constitucionales del supuesto “Tercero no Interesado”, esta Alzada ordena oficiar vía fax al Número de teléfono del Tribunal Ejecutor antes referido, para que en cumplimiento de la decisión de la recurrida, y hasta tanto este Juzgador de Alzada, no decida sobre el fondo del asunto, acuerde la suspensión de la ejecución de la medida ordenada por ese Tribunal, sobre un inmueble denominado “Fundo La Peñita”, ubicado en la vía que conduce de Valle de la Pascua a Tamanaco, bajo los siguientes linderos: NORTE: Fundo que es o fue de FRANCISCO PIETRANTONIO; SUR: Carretera Nacional Valle de la Pascua - Tamanaco; ESTE: Represa El Corozo; y OESTE: Fundo Agropecuaria La Chacara, que es o fue de FRANCISCO PIETRANTONIO. A tal efecto, ejecútese la presente notificación, solicitando al Tribunal Ejecutor, envié vía fax la confirmación de haber recibido el oficio contentivo de la presente decisión. Ejecución que se suspende hasta tanto éste Tribunal decida en forma definitiva, y así se establece.

El Juez Titular.

Dr. Guillermo Blanco Vázquez.
La Secretaria.

Abogado Shirley Corro B.
En la misma fecha siendo las 2:00 p.m. se publicó la anterior sentencia a la puerta del Tribunal y se dejó la copia ordenada.-
La Secretaria.