Visto el oficio N° 12-F8-1109, de fecha 06-11-2004 emanado de la Fiscalia 8° del Ministerio Público del Estado Guárico, mediante el cual de conformidad a lo establecido en los articulos 285 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, numeral 34 del articulo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y el articulo 230 del Codigo Orgánico Procesal Penal, acude a este Tribunal a los fines de solicitar la practica de un RECONOCIMIENTO del imputado Pedro Noel Mendoza, quien reside en la Urbanización Paural III, sector La Poncha, calle N° 02, casa N° 46 de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, tal solicitud obedece en virtud de que en fecha 20-04-2004, a eso de la 08:00 p.m. es asesinado el hoy occiso MIGUEL ALEXANDER TAVERA, en su casa de habitación ubicada en la calle 06, casa S/N, sector La Poncha. Los testigos reconocedores son: 1.- DANNYS GABRIELA BANDRES MOLINA, Titular de la Cedúla de Identidad N° 17.370.846, el cual es concubina de la victima y reside en la misma dirección, la misma es testigo presencial de los hechos y 2.- YORBIS JOSE MENDOZA, Titular de la Cedúla de Identidad N° 19.368.866, domiciliado en el sector La Poncha, calle 02, casa S/N de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, el mismo observo a la presona que entro a la casa de habitación del hoy occiso; en consecuencia se admite el presente escrito por ser procedente y estar ajustado a derecho y se acuerda fijar Reconocimiento en Rueda de Individuos para el día 20-12-2004, a las 02:00 p.m., todo de conformidad con el articulo 230 del Código Orgánico Procesal Penal. Cumplase. Notifiquese, oficiese a la oficina de Defensoria Pública y al Alguacilasgo. Es todo, termino, se leyó y conformes finman.
EL JUEZ TEMPORAL

ABG. ALEXIS ANTONIO RAMOS
LA SECRETARIA (T)

ABG. NELY LUNA



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron oficios Nros._____________________ y boletas de notificaciones.



LA SECRETARIA


ABG. NELY LUNA