REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 9 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-S-2004-003835
ASUNTO : JP21-S-2004-003835


Corresponde a este Tribunal, conocer de la presente solicitud de Sobreseimiento, interpuesta por la Fiscal Séptima del Ministerio Público, Abogado TERESA PEREZ DELGADO DE ALVAREZ, sobre la Investigación seguida en contra de los ciudadanos CRUZ MARIA RAMIREZ CAÑA y ARTURO JOSE MARCHENA CASTILLO, titulares de las cedulas de identidad Nros. 8.914.054 y 13.850.268, y en el cual aparece como victima el ciudadano JOHAN ENRIQUE SOUBLETT GARCIA, titular de la cedula de identidad Nro. 13.539.056, plenamente identificado en las actuaciones Procesales. Este Tribunal observa las siguientes actuaciones:

I
DE LOS HECHOS


Los hechos manifestados por la Representación Fiscal son los siguientes:
En fecha 23 de Diciembre de 2002,, el funcionario cabo 2do. JOSE DELGADO, adscrito al Cuerpo de Vigilancia y Transito Terrestre, Destacamento N° 43 en Valle de la Pascua, se trasladó hasta la avenida Manipire, c/c las Flores en Valle de la Pascua, Edo. Guarico, en averiguación de un accidente de tránsito del tipo choque entre vehículos con lesionados, levantando un Acta Policial de esta misma fecha, en la cual dejó constancia de lo siguiente: “….me…traslade…ya presente en el lugar procedí a elaborar un croquis del área del accidente sin los vehículos por que fueron movidos de su posición final. luego me traslade para el hospital….donde identifique a los lesionados …el conductor del vehículo N° 2 (moto) y sus acompañante y la medico de guardia…quien me informo sobre el diagnostico de los mismos…en el mencionado hospital se encontraba presente el otro conductor y su vehículo quien hizo el traslado de los lesionados…”
II
DE LAS ACTAS DE INVESTIGACION

Del análisis y revisión de las actuaciones contentivas de las diligencias investigativas realizadas por los Órganos de Investigación Penal, se evidencia:

Cursa a los folios 01 y 02 de las actuaciones, Reporte de Accidente de fecha 23 de Diciembre de 2002, del el funcionario cabo 2do. JOSE DELGADO, adscrito al Cuerpo de Vigilancia y Transito Terrestre, Destacamento N° 43 en Valle de la Pascua. Que guarda relación con un accidente tipo choque entre vehículos con lesionados; en donde se encuentran involucrados los siguientes vehículos con las siguientes características: VEHICULO N° 1: Clase automóvil, Tipo Sedan, Modelo Corsa, Modelo Chevrolet, Placas JAK-10C, Color Plata., conducido por el ciudadano CRUZ MARIA RAMIREZ CAÑA y VEHICULO N°2: Clase Moto, Tipo Paseo, Modelo Nextzone Súper Z, Marca Yamaha, Color Negro, conducido por el ciudadano ARTURO JOSE MARCHENA CASTILLO.
Cursa al folio 05 de las actas, Croquis del Accidente de fecha 23 de diciembre de 2002, suscrito por el funcionario cabo 2do. JOSE DELGADO, adscrito al Cuerpo de Vigilancia y Transito Terrestre, Destacamento N° 43 en Valle de la Pascua, Estado Guarico.
Al folio 10 de las actuaciones cursa declaración del ciudadano CRUZ MARIA RAMIREZ CAÑA, antes identificado, quien manifestó lo siguiente:”Eso fue como a las once y media de la noche, yo iba como de hielo polar hacia el centro y ellos en sentido contrario, cuando yo subo ellos venían casi montados sobre en la isla no traían luz ni nada y de hecho hay otro taxista que casi los arrollo a ellos venían ingiriendo licor, traian una botella de licor y una bolsa de hielo….la bolsa de hielo quedo en el sitio….”
Al folio 11 de las actuaciones, cursa declaración del ciudadano ARTURO JOSE MARCHENA CASTILLO, antes identificado, quien manifestó lo siguiente: “nosotros veníamos de cristo rey, subiendo por la Manapire ponemos la luz de cruce para cruzar pero no venia carro y cuando voy cruzando venia ese carro volando y me dio por la parte trasera no había nada que hacer, saliendo lesionado, el tipo se quería dar a la fuga y en eso se paro un taxi y les dijo vamos a ayudar a los chamos y unas motos también se pararon…. El día 23 de Diciembre 2002, como a las once de la noche, en la avenida Manapire…”
Al folio 12 de las actuaciones cursa declaración del ciudadano ARSENIO RAFAEL MARIN CASTRO, Venezolano, de 35 años de edad, Soltero, Chofer, residenciado Urb. Padre Chacin, avenida N° 2, casa N° 44 y titular de la cedula de identidad N° V-8.794.357, quien manifestó lo siguiente: “Eso fue como a mediado de las once de la noche yo venia subiendo de Manipire entre la uno y la dos de Cristo Rey, delante de mi venían dos personas en una moto, yo le venia tocando corneta para que me dieran paso por que venían por todo el medio, a la mitad de cerro me dieron paso, entonces cruce a mano izquierda y cuando voy bajando escuche un golpe, me regresé y conseguí al señor que tubo el accidente recogiendo a unos de los muchachos para prestarle auxilios, entonces quedo el estero de hielo y una botella de aguardiente en el suelo que cargaban los motorizados…”

Cursa al folio 20 de las actuaciones, experticia de avaluó de de daños N° 107 de fecha 26/12/2003, suscrita por el perito RAFAEL MEDINA, adscrito a la dirección de vigilancia de transito terrestre, realizada a un vehículo con las siguientes características: Clase Automóvil, Tipo Sedan, Modelo Corsa, Color Plata, Placas JAK-10C, Serial de Carrocería 8Z1SC51652V306980; en donde deja constancia de lo siguiente “…el valor de los daños observados y descritos se cuantifica en la cantidad de…Bs. 1.070.000,00….”
Al folio 22 de las actas, cursa la experticia medico legal N° 038 de fecha 09/01/2003, suscrita por Medico Forense VICTOR LAGUNA, adscrito al servicio de medicina forense del Cuerpo Técnico de Policía judicial, realizada al ciudadano SOUBETT JOHAN ENRIQUE, en donde se deja constancia de lo siguiente:”….MULTIPLE EXCORIACIONES A NIVEL DE ANTEBRAZO DERECHO Y FLANCO DERECHO….LESIONES CARÁCTER LEVES…”
Al folio 23 de las actuaciones, cursa la experticia del reconocimiento medico legal N° 1.032 de fecha 24/12/2002, suscrita por el Medico Forense VICTOR LAGUNA, adscrito al servicio de Medicina Forense del Cuerpo Técnico de Policía judicial, realizada al ciudadano ARTURO JOSE MARCHENA CASTILLO, en donde se deja constancia de lo siguiente: “…MULTIPLE EXCORIACIONES A NIVEL DEL BRAZO DERECHO Y FLANDO DERECHO….LESIONES DE CARÁCTER LEVE…”

. Señala entre otras cosas la Representación Fiscal, al fundamentar su solicitud de Sobreseimiento, en el artículo 318 ordinal 04 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto existe la falta de certeza y no hay la posibilidad razonable de incorporar nuevos medios probatorios a la investigación; que ha criterio de esta representación fiscal, constituyan suficientes elementos de convicción para solicitar el enjuiciamiento de los imputados.



DISPOSITIVA

Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE INVESTIGACION, a los ciudadanos CRUZ MARIA RAMIREZ CAÑA y ARTURO JOSE MARCHENA CASTILLO, titulares de las cedulas de identidad Nros. 8.914.054 y 13.850.268, en virtud de lo establecido en el artículo 318 ordinal 04 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto existe la falta de certeza y no hay la posibilidad razonable de incorporar nuevos medios probatorios a la investigación; que ha criterio de esta representación fiscal, constituyan suficientes elementos de convicción para solicitar el enjuiciamiento de los imputados.
Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, de igual forma infórmesele a las partes que el lapso para interponer el Recurso a que se contrae el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal comenzará a correr al día siguiente una vez que conste en autos el haberse practicado la última de las notificaciones ordenadas. Cúmplase lo ordenado. Emítase copia certificada de la presente decisión a los fines de su remisión a la oficina de Archivo Judicial de esta Extensión Penal Cúmplase lo ordenado.
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LA JUEZ DE CONTROL N° 1


ABOG. PEGGY SEVILLA CHAVEZ
EL SECRETARIO,


ABOG. MERLY VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste. ----------------------------------------------------------------------------------

EL SECRETARIO,


ABOG. MERLY VELASQUEZ