REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 22 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000015
ASUNTO : JL21-P-2000-000015


Vista la solicitud planteada por la Defensora Pública Penal I (E), Abog. Isabel Cristina Flores, actuando en su condición de Defensora del ciudadano: MONTEZUMA GONZALEZ NOEL EDUARDO, mediante el cual solicita el Beneficio de Confinamiento a favor de su defendido, este Tribunal luego de la revisión exhaustiva del presente asunto observa: En fecha 30 de Junio del año 2003, le fue revocado el Beneficio de Destacamento de Trabajo, consistente en laborar en el área externa del economato del Internado Judicial en San Juan de los Morros, al penado Montezuma Gonzalez Noel Eduardo, por imcumplimiento de las obligaciones y condiciones que le fueron impuestas relacionadas con el Beneficio otorgado, tal como consta al folio (122) del asunto, razón por la cual este Tribunal NIEGA el otorgamiento del Beneficio de Confinamiento solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 501 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal , donde se establecen las condiciones para otorgar los Beneficios de ley, y el artículo 512 ejusdem, que hace referencia a la Revocatoria por incumplimiento de las obligaciones impuestas. Notifiquese a las partes.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 01


ABOG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ


LA SECRETARIA

ABOG. INES GONZALEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.

LA SECRETARIA.