REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS

Cuarenta (40)
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE LAS MERCEDES DEL LLANO Y CHAGUARAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, 14 de Diciembre de 2004.

194° y 145°


Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado GUILLERMO RAMON HERNÁNDEZ RAMOS, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ ABIGAIL PEREZ y por los ciudadanos: MANUEL PASCUAL PITA COELLO y MIGUEL POLEO MARIN, presidente y vicepresidente (respectivamente) de la Empresa Mercantil Panadería y Pizzería Valle Grande, debidamente asistido por la Abogada NELIDA MAITA, Inpreabogado N° 38.002, mediante la cuál celebran convenimiento en el presente procedimiento, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público o a alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles, el Tribunal la admite, le imparte la correspondiente homologación, ordena la terminación del juicio y el Archivo del Expediente, de conformidad con el Artículo 255 del Código de Procedimiento civil.-
La Juez Suplente Especial.-

Dra. Maribel Caro Rojas.-
La secretaria:

Abg. Célida Matos.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
La secretaria:
Exp.869