En horas de Despacho del día de hoy, ocho (08) de Diciembre del 2004, siendo las 10:00 horas de la mañana se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German roscio, Ortiz y julian Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Asentamiento Campesino denominado Domingo Lorenzo y Versuga, Ortiz Estado Guárico, en compañía del abogado RUBEN TEODORO PARACO Y JOHNNY JOSE LOPEZ MALAVE, con el carácter acreditado en los autos, a los fínes de prácticar Medida de Decreto Interdictal de Amparo decretado por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en Valle de la Pascua, en fecha 28-10-04, constituído el Tribunal en la dirección antes mencionadase procedió a efectuar el toque de Ley, siendo atendido por el ciudadano Aleicis Candelario Torrealba Romero C. I. N° 15.082.610 el cual fué notificado de la misión del Tribunal. En este estado se le dió el derecho de palabra al abogado ejecutante, quien expuso; " solicito al Tribunal ordene a los ciudadanos Delio ricardo Torrealba romero y Aleicis Candelario Torrealba Romero que cesen de las perturbaciones que le causan a mi representado al estar poseyendo un lote de terrenos el cual es propiedad del ciudadano LUIS ANTONIO CORRO MARTINEZ, ubicado en el Asentamiento Campesino denominado domingo Lorenzo y Versuga, sector del mismo nombre, Municipio Ortiz y encuadrado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Vía de penetración; SUR: Río Tiznados; ESTE: Fundo el Paradero y OESTE: Terrenos ocupados por cupertino Belisario en consecuencia comnine a dicho ciudadano a los efectos de la desocupación de dicho lote de terrenos para lo cual solicito se le conceda un lapso de siete (07) dias contínuos a partir del día de hoy, para que se termine de materializar este Decreto Interdictal de Amparo, es todo" en este estado solicitó el derecho de palabra el notificado, el ciudadano Aleicis Candelario Torrealba Romero, quien expone: "Nosotros estamos aquí desde el 13-04-2001, desde que el señor Corro nos vendió por QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (15.000.000,oo Bs) estaba abandonado cuándo nosotros llegamos estaba la cerca en el suelo, había monte por todos lados, lo limpiamos y forestamos y lo limpiamos, asimismo le informo al Tribunal que tengo 40 Hras de Maíz y la estoy cosechando en este momento y necesito un plazo para sacar una cosecha de la finca, tengo aproximadamente (40) reses, (07) cochinos (20) gallinas y esto requiere de un tiempo prudencial para sacarlo es todo". En este estado el Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena a los querellantes el cese de los actos perturbatorios ocasionados al lote de terreno constantes de (20 Hás) ubicadas en el Asentamiento Campesino denominado Domingo Lorenzo y Versuga Municipio Ortiz del Estado Guárico; concede un lapso de ocho (08) días contados a partir de la presente fecha, es decir hasta el día 16 de Diciembre del presente año, a fin de que trasladen los animales descritos anteriormente por el ciudadano Aleicis Torrealba; con relación a la siembra de maíz por cosechar se establece un lapso de veinte 20 días para recolectar y trasladar la cosecha del maíz, asimismo se le informa a los querellantes que deben abandonar el terreno anteriormente descrito a los fines de dar cumplimiento al mandamiento del Decreto Interdictal de Amparo y de esta manera cesen las perturbaciones aludidas en el mismo; finalmente este Tribunal ordena colocar nuevamente la cerca de protección destruída por los querallados. El Tribunal designa como Depositario Judicial al ciudadano ANTONIO MARIA PEREZ SILVA, C. I. N° 2.511.098, de conformidad con el artículo 35 de la Ley de Depositos Judiciales quien una vez juramentado aceptó el cargo y juró cumplir con las obligaciones inherentes al mismo. Es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; LOS ABOGADOS EJECUTANTES (fo Ilegible) ABGS. RUBEN TEODORO PARACO Y JHONNY JOSE LOPEZ MALAVER; EL DEPOSITARIO JUDICIAL (Fdo Ilegible) ANTONIO PEREZ; EL NOTIFICADO (fdo Ilegible) ALEICI TORREALBA Y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. EVELIA RODRIGUEZ GARCIA.-