REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

ASUNTO : JJ01-O-2000-000003

Decisión Nº 16
ASUNTO: JJ01-O-2000-000003
MOTIVO: Recurso de Amparo
PONENTE: Eva Lucía Arévalo de Lobo

Se recibe en esta Corte de Apelaciones el asunto JJ01-0-2000-000003, procedente del Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control 03 de este Circuito Judicial Penal, en virtud del auto dictado por dicho tribunal en fecha 05 de los corrientes, mediante el cual ordena la remisión de las actuaciones a esta Sala, por haber cumplido la comisión emanada de esta Corte de Apelaciones, a los fines de su continuación, por haberse producido la captura del ciudadano Eduardo José Gómez Mujica.-

Antecedentes:

Con fecha 01 de Marzo del 2000, se recibe ante esta Sala única, procedente del Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, el presente asunto, a los fines previstos en el artículo 43 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, (folio 27), en virtud de la decisión emanada por dicho Juzgado en fecha 22-02-2000, que Declaró Con Lugar el Recurso de Amparo intentado por la Defensora Pública Maigualida Morgado, a favor del ciudadano Gómez Mujica Eduardo José.(folios 12 al 18).-

La Corte de Apelaciones produjo fallo en fecha 11 de Mayo del 2000, mediante el cual Revoca la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, que declaró Con Lugar el Recurso de Amparo interpuesto por el ciudadano Eduardo José Gómez Mujica, debidamente asistido por la Defensora Pública Penal Maigualida Morgado y comisionó al Juzgado de Control 03, a fin que ordene la captura del imputado.-


Motivaciones para decidir:

El Tribunal Tercero de Control, remite las actuaciones a esta sala en virtud de la decisión que dictara esta Corte de Apelaciones en fecha 11-05-2000, que revocó la decisión dictada por ese Juzgado en fecha 03-03-2000, comisionándolo para ordenar la captura, por lo que cumplida la comisión, las remite nuevamente las actuaciones a los fines de su continuación.

El motivo original por el cual subió a esta sala el presente asunto, fue en consulta de la decisión emanada del Tribunal de Primera Instancia que declaró Con Lugar el recurso de amparo interpuesto a favor del ciudadano Eduardo José Gómez, el cual fue resuelto mediante sentencia definitiva dictada por esta Corte de Apelaciones en fecha 11-05-2000, que revocó dicha decisión y comisionó al Juzgado de Control para que procediera a librar la captura de dicho ciudadano, contra el que pesaba una sentencia condenatoria, es decir, que fue resuelto dicho asunto, motivo por el cual no tiene materia sobre la cual decidir al respecto, y ordena la devolución de las actuaciones al Tribunal de origen. Y así se decide:

Dispositiva:

La Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara No tener materia sobre la cual decidir con respecto a la remisión de las presentes actuaciones por parte del Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, para lo cual ordena la devolución de las mismas al referido Tribunal. Publíquese la presente decisión, déjese copia certificada y remítanse las actuaciones.-
El Juez Presidente de Sala



Rafael A. González Arias
La Juez Temporal (Ponente)


Eva Lucía Arévalo de Lobo

El Juez,


Miguel Ángel Cásseres González
La Secretaria,


Esmeralda Ramírez


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.


La Secretaria,


Esmeralda Ramírez