REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 08
Motivo: Inhibición
Abg. Héctor Tulio Bolívar Hurtado. Juez Cuarto de Control
Ponente: Miguel Angel Cásseres González
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I
Expositiva
Conoce la Sala Única de la Corte de Apelaciones de la inhibición realizada por el juez 4° de control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Abg. Héctor Tulio Bolívar Hurtado, en el presente asunto, donde aparece como investigado el ciudadano Rouset Scott, en virtud de que dicho ciudadano es hijo de la abogada Coromoto Scott, quien presentó denuncia en su contra que ha producido predisposición en su ánimo para decidir en cualquier asunto donde se involucren a dicha ciudadana, a su seres queridos o familiares (folios 1 y 2).
Posteriormente el señalado juez ratifica la señalada inhibición al estimar que el investigado Rouset Scott estuvo casado con su prima Luisana Acosta Chirinos, siendo esta otra causal de inhibición (folio 2).
El juez que se abstiene de conocer incorporó la denuncia presentada por la ciudadana Coromoto Scott Polanco, referida en el acta de inhibición y con copia de la inhibición que también hiciera el 12 de marzo de 2002, la cual fue declarada con lugar por esta Corte el 23 de abril de 2002.
Realizados los elementos probatorios de autos, encuentra éste tribunal colegiado, que la inhibición propuesta por el juez Héctor Tulio Bolívar Hurtado, está ajustada a derecho y se circunscribe en la norma invocada, por lo que se declara con lugar, conforme a los artículo 86 ordinal 8° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara con lugar la inhibición propuesta por el Abg. Héctor Tulio Bolívar Hurtado, Juez 4° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en el asunto JJ01-X-2004-000026, nomenclatura de esta Corte. Se funda la presente decisión en los artículos 86 ordinal 8° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Regístrese. Diarícese. Bájese la incidencia en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
El Juez Presidente,



Rafael González Arias
El Juez, (Ponente)




Miguel Angel Cásseres González
La Juez,



Fátima Caridad Dacosta

La Secretaria,



Esmeralda Ramírez


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,



Esmeralda Ramírez
Asunto N° JJ01-X-2004-000026
MACG/vm.-