REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA TRÁNSITO, TRABAJO Y AGRARIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
…gado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-
Valle de la Pascua 22 de Julio de 2004.-
194º y 195º
Vista la actividad procesal asumida por la parte demandante en la audiencia preliminar efectuada en fecha 21 de junio de 2004, este Tribunal procede hacer la fijación de los hechos y los limites dentro de los cuales quedo trabada la relación sustancial controvertida en los siguientes términos:
HECHOS ADMITIDOS.
De la revisión del libelo de demanda de la contestación a la demanda y de la Audiencia Preliminar, se pudo apreciar que las partes no admitieron ningún hecho.-
RELACION SUSTANCIAL CONTROVERTIDA DEMANDANTE.-
1.- Que es propietario de un lote terreno de DOS MIL QUINIENTAS HECTAREAS (2500 HAS.), en el Fundo “CHUPONAL II”, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico.-
2.- Que el origen del terreno proviene de la enajenación de tierras baldías a favor de los hermanos Hernández.-
3.- Que el ciudadano Arístides Rodríguez Pérez, le vendió el inmueble.-
4.- Que se ha dedicado a la actividad agraria.-
5.-Que a mediados del mes de febrero de 2003, el ciudadano JOSE SALOMON RAMIREZ, se introdujo en una porción de terreno de aproximadamente CIEN HECTAREAS (100 HAS.) hacia el sector noroeste del fundo de su propiedad.-
6.-Que los linderos particulares de las CIEN HECTAREAS (100 Has) son NORTE, SUR, ESTE Y OESTE: Terrenos del Fundo Chuponal.-
7.- En que el demandado convenga en desalojar y devuelva sin plazo la porción de terreno invadida.-
El demandado no asistió ni por si ni por medio de apoderado a la Audiencia Preliminar, sin embargo para hacer la fijación de los hechos este juzgado toma en cuenta la contestación de la demanda.-
l.-Rechaza contradice la demanda.-
2.-Rechaza que el demandante sea propietario del Fundo que viene poseyendo, desde aproximadamente año y medio, en el sector la Urbina, Fundo BARBASCAL, en tierras del I.N.T.I. Instituto Nacional de Tierras en el Municipio Pedro Zaraza constante de aproximadamente OCHENTA HECTAREAS (80 Hás.).-
3.-Que los linderos son: NORTE: Terrenos ocupados por Alfonso Rojas; SUR: Terrenos ocupados por Elías Correa; ESTE: Terrenos ocupados por Alfonso Rojas; y OESTE: Sucesión Correa.-
4.- Niega que es invasor.
5.-Que compró bienhechurías en privado al ciudadano Teleforo Fajardo Ruíz.-
Notifíquese a las partes de la presente fijación de los hechos y una vez conste en autos la misma se abrirá el lapso probatorio de cinco (5) días de despacho para ambas partes para promover pruebas sobre el merito de la causa.-
Se dicta el presente auto en atención a lo previsto en el artículo 236 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.-
La Juez Temporal,
La Secretaria,
En ésta misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión y se publicó en el día de hoy, 22 de Julio del 2004, siendo las 1:30 minutos de la tarde.- Conste.-
La Secretaria,
Exp N° 2.003-3.695.-
asdm.-