REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes Estado Guárico
San Juan de los Morros, 15 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2004-002642
ASUNTO : JP01-S-2004-002642

JUEZ: ABOG. MARITZA G. DE TORREALBA.
ADOLESCENTES: IDENTIDADES OMITIDAS
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO LIT. “d” ART. 561 LOPNA Y ORD. 3º ART.318 COPP.

Vista la solicitud presentada por el Ministerio Público, en el sentido de que se le Decrete el Sobreseimiento Definitivo de la causa, los Adolescentes IDENTIDADES OPMITIDAS. Este Tribunal para Decidir estima:
DE LOS HECHOS
La presente averiguación se inició, en fecha 30 Junio de 2.003, mediante Denuncia Formulada por el Ciudadano ELIO RAFAEL CAMEJO quien entre otras cosas expuso: “Comparezco por ante este despacho a denunciar a los adolescentes, quienes me lesionaron en varias partes del cuerpo”… (f01). Acta Policial (06). Inspección Ocular practicada en el sitio del Suceso (09). Acta de Investigaciones Penales (f10). Examen Médico legal practicado al Ciudadano Elio Rafael Camejo, del cual se desprende que sufrió lesiones de Carácter Leve que ameritaron (08) días de Curación (13). Examen Medico Legal practicado al Adolescente Juan Antonio Solórzano, del cual se Desprende que sufrió Lesiones de Carácter Leve que ameritaron un tiempo de curación de (08)días (f14). Solicitud de Sobreseimiento Definitivo presentada por la Representación Fiscal (f21 al 22).
DEL DERECHO
El Representante del Ministerio Publico solicita El Sobreseimiento Definitivo de la causa de conformidad con lo Establecido en el Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: SOBRESEIMIENTO. El Sobreseimiento procede cuando: 3º “La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa Juzgada, en concordancia con lo establecido en el Articulo 48. Causas. Son causas de extinción de la acción penal:… Ordinal 8. La prescripción, salvo que el imputado renuncie a ella. Ejusdem.
Articulo 561.- Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, Establece…fin de la Investigación. Finalizada la investigación el Fiscal del Ministerio Publico deberá: Literal “d” Solicitar el sobreseimiento definitivo si resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer una sanción.
Este Juzgador tomando en consideración las normas anteriormente analizadas considera procedente la solicitud de sobreseimiento formulada por el Ministerio Publico, y como consecuencia de ello decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa seguida a los adolescentes; IDENTIDADES OMITIDAS, siendo esta la decisión a imponer en la parte Dispositiva de la presente Resolución.
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas anteriormente, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la solicitud de la Representación Fiscal con respecto al Sobreseimiento Definitivo de la Causa, por uno de los delitos Contra la Propiedad al Adolescente IDENTIDADES OMITIDAS. SEGUNDO: Se Ordena remitir al archivo en su oportunidad legal como pieza concluida. Todo de conformidad con lo previsto en el Numeral 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Ordinal 8 del Articulo, Ejusdem y Literal “d”del articulo 561 Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes, Déjese copia certificada de la presente Decisión. Cúmplase.
La Juez,

Abog. Maritza de Torrealba.
El Secretario,