ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2003-001417
ASUNTO : JP01-S-2003-001417
JUEZ: TEODORO LIMA PINO
FISCAL XIII DEL MINISTERIO PUBLICO ABOG. HERNAN GONZALEZ
ADOLESCENTE SANCIONADO: (identidad omitida)
VICTIMA: MARCOS MENA SUMOZA
Visto el Fallo Condenatorio dictado en fecha 03/06/2004, por el Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Guárico, inserto a los folios 183 al 187, ambos inclusive, en la cual se impuso al Adolescente: (identidad omitida) la sanción de Reglas de Conducta por el Lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo previsto en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual cumplirá mediante las siguientes obligaciones: a) No acercarse al domicilio de la victima; b) Comparecer ante el Centro de Tratamiento para jóvenes con problemas de adicción ubicado al lado del CDT, en esta ciudad. Definitivamente firme como quedó la presente Decisión, éste Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Se ordena el ejecútese de dicha sentencia en los términos antes expuestos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se ordena al Adolescente:(identidad omitida), el fiel y cabal cumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta por el Lapso de seis (06) con el cumplimiento de las obligaciones antes mencionadas. TERCERO: El Adolescente cumplirá definitivamente la sanción de Libertad Asistida, impuesta, el día 06 de Enero de 2005. Todo en observancia a lo establecido en los artículos 460 del Código Penal, en concordancia con lo pautado en los dispositivos 8, 583, 621, 622 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. CUARTO: Se Ordena la Notificación de las partes. Cúmplase. Anótese. Déjese copia. Dialícese.
El Juez de Ejecución
TEODORO LIMA PINO
EL SECRETARIO
ABG. JUAN BRITO
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