Penado: David Celestino Delgado Santamaría, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-2.524.585.
Decisión: Remisión Asunto a la Corte de Apelaciones.
Revisadas como han sido las actas en el presente asunto, este Tribunal observa que al folio 53, de la Pieza Nº 2, consta formal apelación, interpuesta por la Abog. Judith Ainagas, Defensora Pública Penal del ciudadano DAVID CELESTINO DELGADO SANTAMARÍA, contra la sentencia definitiva que lo condenó, folios 39 al 52 de la misma pieza, dictada por el extinto Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, y visto que la misma no fue resuelta, este Tribunal ordena remitir la causa a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, a los fines previstos en el artículo 524 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase. Notifíquese. Cúmplase.
El Juez,
Abog. Ramón Vivas Frontado
El Secretario
Abog. Alexis Ramos
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado .
El Secretario,
Asunto Nº JL01-P-2000-000098
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