En horas de Despacho del día de hoy, 22 de Juynio del 2004, siendo las 10:00 horas de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julian Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía del ABG. WOLFANG PEREZ LEDEZMA Inpreabogado N° 33.090, en su condición de demandante de autos a los fínes de ejecutar Medida Ejecutiva de Embargo, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 24 de Mayo del 2004. constituido el Tribunal en la sede del mencionado Juzgado del Municipio juan German Roscio y Ortiz de esta ciudad, se notifica a la ciudadana INGRID JOSEFINA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.294.550, en su condición de Juez de dicho Juzgado, quien una vez impuesta de la misión a cumplir por este Tribunal mostró los expedientes relativos al embargo. seguidamente solicitó el derecho de palabra el abogado ejecutante, quien expuso: "Señalo para ser embargado en el expediente N° 2390 la suma de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (1.350.000,oo BS); que se encuentran a favor de la demandada, contenido en el cheque N° 5655577764294 de la Cuenta corriente N° 01140206202060062830, librado a nombre del Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en beneficio de la empresa ejecutada "Proinar C. A.", suma esta que comprende el monto de los honorarios profesionales condenados a pagar a la demandada, según sentencia de fecha 29-03-2004, es todo". Seguidamente el Tribunal, una vez verificada que existe dinero suficiente en la Cuenta del Tribunal a favor de la empresa condenada para realizar el presente embargo; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta Medida de embargo Ejecutiva por la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (1.350.000,oo Bs), es todo". Terminó. Se leyó y conforme firman.- LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL ABG EJECUTANTE (fdo Ilegible) WOLFAGN LEDEZMA; LA NOTIFICADA (Fdo Ilegible) ABG. INGRID HERNANDEZ y la SECRETARIA (Fdo Ilegible) REGI SOLEIL RODRIGUEZ.-