ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2004-001037
ASUNTO : JP01-S-2004-001037
Corresponde a este tribunal decidir sobre la Medida de Protección solicitada por la Fiscal III del Ministerio Público , DRA MATILDE STABILE, a favor de la ciudadana MACHADO ALVAREZ KATIUSKA DEL VALLE, titular de la cédula de identidad Nº 12.925.849, en su condición de victima en la investigación signada bajo el Nº 12F3-0146-04, nomenclatura llevada por esa Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, aperturada por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio). y que dicha solicitud se otorgue por un lapso de noventa (90) días pudiendo ser prorrogada por un lapso igual o mayor si es necesario. Para resolver este tribunal observa:
El pasado 12/03/04 cuando presuntamente el ciudadano YORBI PALMA ultimó de un disparo EUSEBIO RAFAEL CEBALLOS, lo hizo en presencia de su concubina la ciudadana MACHADO ALVAREZ KATIUSKA DEL VALLE y por el hecho de haber presenciado los hechos fue amenazada de muerte por éste.
Ahora bien, el imputado YORBI PALMA fue presentado por ante este Circuito Judicial Penal por los hechos señalados y le fue decretada Medida de Privación de Libertad por el juzgado de Control N° 02; sin embargo el tribunal considera pertinente la medida de protección solicitada, ya que a pesar que el autor material de los hechos y que propinó las amenazas se encuentra privado de su libertad, los familiares de éste viven en la misma zona de la victima, situación ésta que hace presumir con fundamento que pueda existir peligro o amenaza tanto para la ciudadana MACHADO ALVAREZ KATIUSKA DEL VALLE como para sus hijos menores .
Por estas consideraciones quien aquí decide considera pertinente la medida de protección solicitada por el Ministerio Público y en consecuencia ordena oficiar a la Comandancia de Policía para que por un lapso de 90 días patrullen diariamente y de manera periódica la residencia de la precitada ciudadana, la cual está ubicada en el Barrio Santiago Toledo, calle Pinto Salinas, N° 37. Notifíquese a quien haya lugar. Ofíciese a la Comandancia de Policía del Estado Guarico. Cúmplase.-
LA JUEZ
MARIA ANTONIETA SCOTT DE BRITO
EL SECRETARIO
ABOG. ALEXIS RAMOS
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO
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