El ciudadano JOSE ANGEL MALAVE, venezolano, mayor de edad, casado, Abogado, titular de la cédula de identidad N° 2.397.777, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.624 y domiciliado en esta ciudad de Calabozo, actuando en su propio nombre contra EMMA JOSEFA MARIN RON, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 7.288.547, con residencia en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, Apoderada judicial ELIZABETH LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.930.391, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.219. Alega el demandante en su libelo, que en fecha 22 de noviembre de 1997 contrajo matrimonio civil con la ciudadana EMMA JOSEFA MARIN RON, por ante la Jefatura Civil del Municipio Los Salias del Estado Miranda. Que fijaron su domicilio conyugal en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, en la Cuarta Avenida de la Urbanización El Chaparral N° 49. Anexó copia certificada del Acta de Matrimonio.
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