Vista la diligencia de fecha 18 de Febrero del 2004 (folio 292), suscrita por el ciudadano abogado RAFAEL AGUILAR ROMERO, en su carácter de autos, donde apela de la decisión dictada en fecha 17 de Febrero del 2004 (folios 290 al 291, ambos inclusive). Este Juzgado en atención a lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se abstiene de escuchar la apelación por considerar que aún no se encuentra dentro del lapso legal para ejercer el recurso correspondiente, por cuanto la Sentencia no ha sido extendida completamente.

La Juez Temporal
La Secretaria Acc.

Se dejo copia certificada de la presente decisión, en este Tribunal y se publico en el día de hoy, 31 de Marzo del 2004, siendo la 1:00 de la tarde. Conste.

La Secretaria.
Exp. Nº 3070