En horas de Despacho del día de hoy, 18 de Marzo del 2004, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas en la sede del Banco de Venezuela ubicado en la Avenida Bolívar cruce con Calle Ribas de ésta ciudad, en compañía del Abogado Juan Carlos Sánchez, Inpreabogado N° 65.379, a los fines de practicar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 20-02-2004, constituido el Tribunal en la dirección antes mencionada se procedió a notificar de la misión del mismo al ciudadano Rafael Isturiz, titular de la cédula de identidad N° V-8.889.251, en su carácter de Gerente de Servicios de la referida entidad bancaria. Seguidamente solicitó el derecho de palabra el abogado ejecutante, quien expuso: “señalo para ser embargada la Cuenta N° 467-1618312 a nombre del ciudadano Añon Acevedo Darwin José, por la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (1.744.000,OO Bs.) de igual manera me reservo el derecho de seguir persiguiendo bienes propiedad del demandado, es todo”. Seguidamente solicitó el derecho de palabras el ciudadano Rafael Isturiz, quien expuso: “”La medida de embargo, por la cantidad de (1.744.000,oo Bs), se puede hacer por la cantidad de (1.730.000,oo BS), incluyendo el débito bancario y otros descuentos para la comisión del cheque, es todo”. En este estado este Tribunal administrando justicia en nombre de la República de Venezuela decreta el embargo preventivo por la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS TREINTA MIL BOLIVARES (1.730.000,oo Bs.), y ordena realizar cheque de gerencia a nombre del Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, el cual será retirado por el Abogado Juan Carlos Sánchez MarqueZ, titular de la cédula de identidad N° 10.671.553, quien lo consignará en el Tribunal comitente, asimismo se le otorga un lapso de (5) días hábiles a partir de hoy, para la emisión del cheque, es todo. Terminó el presente acto, se leyó y conforme firman.-