En horas de despacho del día de hoy, 04 de Marzo del 2.004 siendo las 10:00 a.m. se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas en la Finca Naranjal o Soledad en la jurisdicción de San José de Tiznado Municipio Ortiz del Estado Guarico, en compañía del abogado Carmine Romaniello Inpreabogado N. 18.482, a los fines de practicar medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 09 de Febrero del 2.004. Constituido el Tribunal en la dirección antes mencionada se procedió a notificar de la misión del mismo al ciudadano Alexander Rafael Rojas Pérez en su carácter de hijo del ejecutado titular de la cédula de identidad N. 15.481.146. Seguidamente solicitó el derecho de palabra el abogado ejecutante quien expuso: Solicito al Tribunal se sirva notificar al ciudadano co-demandado de autos Félix Rafael Rojas Di Lorenzo por encontrarse presente a partir de este momento siendo la 1:30 p.m. En este estado el tribunal notifica al ciudadano Félix Rafael Rojas Di Lorenzo titular de la cédula de identidad N. 3.490.324, parte ejecutada de la presente Medida de Embargo Ejecutivo, es todo. Presente como se encuentra expone: A los fines de cumplir con el mandato judicial emanado del Juzgado supra señalado ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (3.800.000,00) cheque N. 39396658 girado contra el Banco Mercantil Agencia Calabozo. Igualmente ofrezco en este acto la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (1.800.000,00) cheque N. 21396659 girado contra el Banco Mercantil Agencia Calabozo cuenta N. 0105-0109-19-1109051476. De esta manera queda satisfecha la obligación que mantenía con el Banco Italo Venezolano, es todo. Presente como se encuentra el abogado actor expone: Acepto el pago en nombre de mi representada por cuanto el mismo cumple con las pretensiones correspondientes al libelo de la demanda. Siendo las 2:30 p.m. terminó el presente acto. Seguidamente el Tribunal acuerda la devolución de la comisión al Tribunal comitente cumplida como ha quedado el mandamiento, es todo, se leyó y conformen firman.
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