ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2003-000591
ASUNTO : JP01-S-2003-000591

JUEZ: TEODORO LIMA PINO
ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA)
VICTIMA: MARÌA ALEJANDRA DEL VILLAR RUIZ

Visto el Fallo definitivo y Firme dictado en fecha 26/01/2004, por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Estado Guárico, inserta a los folios 81 al 84, ambos inclusive, en la cual se condenó al Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), con la sanción sobre Reglas de Conducta, por seis (06) meses, la cual se hará efectiva con las obligaciones que se especifican a continuación: 1- ) Continuar estudios de nivel Superior. 2- ) Presentar por ante este Tribunal constancia de inscripción del instituto donde logre ingresar, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a Decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Se ordena el ejecútese de dicha sentencia en los términos antes expuestos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se ordena al Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA); el fiel y cabal cumplimiento de la sanción sobre Reglas de Conducta, por el Lapso de seis (06) meses. TERCERO: El Adolescente antes mencionado cumplirá definitivamente la sanción impuesta, el día 18 de Septiembre de 2004. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 460 en relaciòn con el 80 del Código Penal, en concordancia con los dispositivos 583, 622, y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. CUARTO: Se Ordena la Notificación de las partes. Cúmplase. Anótese. Déjese copia. Diarícese.
El Juez de Ejecución

TEODOR LIMA PINO
La Secretaria,