REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. San Juan de los Morros, dieciocho (18) de mayo del año dos mil cuatro (2004).

193º y 145º

Vista la transacción hecha por las partes en el presente juicio, que por Cobro de Bolívares (Proc. Intimación), sigue la empresa “Agropecuaria San Juan S.R.L.”, contra los ciudadanos Nolis Ciril Boyer Olivero y Ramón Iván Sanes Ceballos. El tribunal la homologa en los mismos términos y condiciones expuestas, da por terminado el juicio y le imparte autoridad de cosa juzgada. Asimismo, expídanse por secretaría las copias certificadas de los folios indicados en dicha diligencia y del auto que la acuerde. Por cuanto dichas copias deberán ser elaboradas mediante el sistema fotostático, se autoriza suficientemente al funcionario de este despacho ciudadano: José Chollett. Todo de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.



El Juez,

Abg. Iván González Espinoza.-
La Secretaria,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.-


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,

IGE/jcp.
Exp. Nº 4770-03