REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 08 de Octubre 2004, por el Tribunal Cuarto de control de este Circuito Judicial Penal, ciudad , mediante la cual condenó al ciudadano: Armando José Rios Prieto, titular de la cédula de identidad 16.074.519, a cumplir el PAGO DE LA MULTA, por ser autor reponsable en la comisión del (los) delito (s) de Lesiones personales culposas Graves, en perjuicio de la Victima Angel Saturno Valera, delitos contemplados en el (los) articulos 422 ord.2º en relacion al 416 del Código Penal en relacion al articulo 376 de la ley adjetiva Penal Vigente, y visto que riela a los autos el pago de la multa respectiva se Extingue la accion penal conforme a lo previsto en articulo 105 del Codigo Sustantivo Penal y se Decreta el consecuente Sobreseimiento en relacion a lo dispuesto en articulo 318 ordinal 3º del Codigo Organico Procesal Penal. Asi mismo en dicha sentecia ha quedado firme la desicion que decreto la Desestimacion de la Investigacion con respecto a las Lesiones sufridas por la ciudadana: Jeanneth Coromoto Valera, de conformidad al articulo 301 del Codigo Procesal Penal en relacion a los articulos 415 y 422 ord.1º del Codigo Penal, a si como quedo firme el Sobreseimiento de la causa tambien decretado en esta decision en relacion a las Lesiones sufridas por el Ciudadano: Miguel Angel Valera, conforme a lo previsto en articulo 318 ord.3º de la ley Adjetiva Penal vigente en relacion a los articulos 418, 422 ord.1º 37 y 108 ord.7º de Codigo pena.l En consecuencia. Ejecútese y archívese la mencionada sentencia. Notifíquese a las partes.Oficiese lo conducente a los Organismos Competentes a fin de que sean los Sobreseidos, ya identificados Excluidos del Sistema Computarizado de Informacion Policial (SCIPOL).Cumplase.

El Juez

El Secretario

Abog. CARMEN ALVAREZ.

Abg.Mariela LOpez.