República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito
de la Circunscripción Judicial de Estado Guárico.
Actuando en Sede: Civil
Solicitud: 4985
Motivo: Únicos y Universales Herederos
Solicitantes: Carlos José Martínez y Luis Eduardo Martínez.
En relación a la solicitud de fecha 25 de octubre del año 2.004, suscrita por el ciudadano: Carlos José Martínez, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V. 8.787.089, asistido en este acto por la Abogado en ejercicio Juan Carlos Barrios Aular , inscrito en el Inpreabogado Nº: 101.379, donde solicita en su condición de hijo sea declarado junto con su hermano: Luis Eduardo Martínez, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°: V.13.152.450, como Únicos y Universales Herederos de la difunta Juana Yraida Martínez Aponte, quien falleció ab-intestato el día 02 de septiembre del año 2004, en la Republica Federativa del Brasil. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencias y evacuadas por ante este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, promovidas por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés, directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara conforme a los autos a los ciudadanos: Carlos José Martínez y Luis Eduardo Martínez como Únicos y Universales Herederos, de la difunta Juana Yraida Martínez Aponte. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes, en San Juan de los Morros, veinticinco (25) de noviembre del año dos mil cuatro (2004). 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. Iván González Espinoza La Secretaria Titular,
Abg. Marisel Peralta Ceballos.
IGE/mcc
SOL. Nº: 4985
|