República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 4.955
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): María de la Concepción Méndez de Perdomo.

En relación a la solicitud de fecha 11 de octubre del año 2004, suscrita por la ciudadana María de la Concepción Méndez de Perdomo, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-2.209.578, asistida de abogado, donde solicita en su condición de cónyuge, sea declarada conjuntamente con sus hijos Félix Ramón, Blanca Rosa, Claudia Alejandra y Marycarmen de la Coromoto Perdomo Méndez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.072.040, V-11.120.410, 11.123.477 y V-14.642.703, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del difunto Félix Perdomo Vargas, quien falleció ab-intestato el día 25 de agosto del año 2004, en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: María de la Concepción Méndez de Perdomo, Félix Ramón, Blanca Rosa, Claudia Alejandra y Marycarmen de la Coromoto Perdomo Méndez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.209.578, V-5.072.040, V-11.120.410, 11.123.477 y V-14.642.703, respectivamente, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, del fallecido Félix Perdomo Vargas. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los tres (03) días del mes de noviembre del año dos mil cuatro (2004). Años 194° de la Independencia y 145º de la Federación.



El Juez titular,

Abg. Iván González Espinoza.-
La Secretaria titular,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.-

En la misma fecha siendo las 09:20 a.m., se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaria titular,

IGE/jcp.-
SOL. Nº 4.955