REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle de la Pascua, 16 de Noviembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000099
ASUNTO : JL21-P-2000-000099
Por recibido y visto oficio, procedente del Registro Civil del Municipio José Tadeo Monagas con sede en Altagracia de Orituco, mediante el cual informa a este Tribunal que el Ciudadano MAURO PABLO PLAZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.557.107 cumplió correctamente las presentaciones que le fueron impuestas al mencionado ciudadano en fecha 09-08-2004, igualmente se evidencia de la revisión del Cómputo por Redención el cual corre inserto a los folios (141) al (143) del presente asunto, que el Ciudadano MAURO PABLO PLAZA, cumplió la pena que le fue impuesta en fecha 09-08-2004, es por lo que este Tribunal de Ejecución Nro. 01 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la Libertad Plena del Ciudadano MAURO PABLO PLAZA, Venezolano, mayor de edad, natural de Zaraza-Estado Guárico, nacido el 15-01-1950, soltero, obrero, hijo de NATIVIDAD PACHECO Y JULIETA PLAZA, titular de la Cédula de Identidad No. 3.557.107, por cumplimiento definitivo de pena. Asímismo en lo que respecta a la Pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, el Ciudadano MAURO PABLO PLAZA, titular de la Cédula de Identidad No. 3.557.107, DEBERA cumplir con la obligación de dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a estos a los fines de dar cumplimiento a la mencionada pena accesoria, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Código Penal, la cual finalizará el día 18-09-2005. Cítese al penado a los fines de su notificación. Notifíquese igualmente a su defensor y al Fiscal Noveno de Ejecución del Ministerio Público del Estado Guárico. Líbrese oficio informando lo conducente al Jefe del Departamento de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION NRO. 01
ABOG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. INES RODRÍGUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
LA SECRETARIA
ABG. INES RODRÍGUEZ