Consta al folio (8) de fecha: 17 de Noviembre de 2004, diligencia suscrita por la abogado: EVARISTA GRACIELA GARRIDO, Inpreabogado N° 42.184, apoderada judicial de la parte demandante en la presente causa, y expone:
“Por cuanto en fecha 12 de noviembre de 2004, el ciudadano Juan Febres, parte demandada en la presente causa canceló la totalidad del monto demandado a mi representado Ramón Antonio Martínez, no quedando ningún saldo deudor, desisto en nombre de mi representado de la acción y del procedimiento incoado en contra del ciudadano Juan Febres, me reservo para presentar el recibo de pago en la oportunidad correspondiente”. Es todo.
Este Juzgado visto el desistimiento hecha por la parte Demandante LO HOMOLOGA, de conformidad con los artículos 263 y 265 ambos del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se da por terminado la presente causa. Igualmente se ordena la remisión del expediente al Registro Principal, a los fines de su archivo.
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