REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control Sección de Adolescentes del Estado Guárico
San Juan de los Morros, 3 de Noviembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : JV01-D-2003-000034
ASUNTO : JV01-D-2003-000034
JUEZ: CESAR FIGUEROA.
IMPUTADO: (IDENTIDA OMITIDA)
VICTIMA: VANESSA DEL VALLE RODRIGUEZ CAMERO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AUTO RAZONADO DECRETANDO DECLINACION DE COMPETENCIA
Realizada como ha sido la audiencia preliminar en la presente causa, la cual se inició por actuaciones emanadas de la Fiscalia XIII del Ministerio Público Competencia Penal especial del Estado Guárico, en fecha 20/03/2003, cuando consignó Escrito de presentación para calificación de aprehensión de imputado contra los ciudadanos (IDENTIDA OMITIDA) (adolescente) y LUIS EDUARDO MAESTRE SIMOZA, quien posteriormente resulto ser mayor de edad, por lo que en consecuencia, el conocimiento de las actuaciones referidas a este ciudadano corresponde a la jurisdicción ordinaria y no a este Tribunal de Responsabilidad de Adolescentes del Tribunal Penal del Estado Guárico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 535 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en los artículos 76 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal lo procedente y ajustado a derecho es declinar la competencia para que un Tribunal Penal de la Jurisdicción ordinaria conozca del mismo. Y ASI SE DECIDE.
En consecuencia, este Tribunal de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declina la Competencia para conocer la Presente Causa seguida contra el ciudadano LUIS EDUARDO MAESTRE SIMOZA, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, natural de Valle de la Pascua, donde nació en fecha 07/10/1984, hijo de Alfredo Maestre y de Melvis Josefina Simoza , titular de la cédula de identidad Nº 17.740.681, residenciado en la calle Monagas cruce con calle Los Próceres Nº 15 Barrio Los Olivos II de la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, a un tribunal penal de la jurisdicción ordinaria con sede en Valle de la Pascua, del Estado Guárico, lugar de comisión del delito y domicilio del Imputado por su presunta participación en la ejecución de uno de los Delitos Contra la Propiedad, en la modalidad delictiva de Robo Agravado de conformidad con lo dispuesto en el Nº 4 del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 535 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en relación a con los artículos 76 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Cúmplase. Remítase la presente compulsa.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Estado Guárico a los Tres (03) días del mes Noviembre del año 2004.
EL JUEZ,
CESAR FIGUEROA PARIS.
LA SECRETARIA.
ABOG. HAZEL GERALDINE MARTINEZ.
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