REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión N° 05
Asunto N° JP01-R-2004-000098
Imputado: José Gregorio Flores y otros.
Víctima: Ignacio Infante Alfaro.
Delito: contra las personas.
Ponente: Miguel Angel Cásseres González
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I
Pórtico
El Juzgado 4° de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, a cargo del juez Héctor Tulio Bolívar Hurtado, publicó sentencia el 08 de julio de 2004, donde decretaba el sobreseimiento de la causa a los imputados Luis Angel Boyer, Raúl Solórzano, Miguel López, José Flores, Antonio Silveira, Eliécer Hernández, José Petaquero, Yoerquis Alvarez, Pedro Piñate, Vicente Leal, Patricia Ruiz, Santiago Rondón, Carlos Camero, Dimas Quintana, Ovidio Pérez, Nicolás Marrero, Floribel Campos, Jatzon García, William Mendoza, Douglas Montañéz, Edgar Blanco, José Colmenares, Rafael Caniche, Rhonny Seijas, Carlos Peña y Javier Vásquez, a quienes se les investigaba por la presunta comisión de los delitos lesiones personales leves y privación ilegitima de libertad, en agravio de Ignacio Infante Alfaro, todo ello conforme al artículo 318 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 108 ordinal 6 del Código Penal (folios 186 al 193 2P.).
El 18 de junio mediante diligencia (no suscrita por el juez recurrido ni por su secretaria) (folio 185), la víctima ya identificado, anuncia recurso de apelación de la decisión no extensiva que había tomado el juzgado delatado en la audiencia de fecha 15 de junio de 2004 (folios 172 al 172 2P.).
Dispuso el juzgado de primer grado accionado notificar a las partes, tal como se discurre de los folios que van del 195 al 225 de la segunda pieza.
El artículo 437 letra "b", dispone que es causal de inadmisibilidad de todo alzamiento procesal, cuando este se interponga en forma extemporánea.
Como se informa de los autos, el recurso de apelación, además de ser imperfecto en su modalidad de forma, por infringir el principio de especificidad de las delaciones, fue presentado a destiempo, lo cual lo hace inadmisible. Así se decide y establece.
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, inadmisible, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Ignacio Infante Alfaro, contra la decisión del 08 de julio de 2004, dictada por el Juzgado 4° de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, a cargo del juez Héctor Tulio Bolívar Hurtado, donde decretaba el sobreseimiento de la causa a los imputados Luis Angel Boyer, Raúl Solórzano, Miguel López, José Flores, Antonio Silveira, Eliécer Hernández, José Petaquero, Yoerquis Alvarez, Pedro Piñate, Vicente Leal, Patricia Ruiz, Santiago Rondón, Carlos Camero, Dimas Quintana, Ovidio Pérez, Nicolás Marrero, Floribel Campos, Jatzon García, William Mendoza, Douglas Montañéz, Edgar Blanco, José Colmenares, Rafael Caniche, Rhonny Seijas, Carlos Peña y Javier Vásquez a quienes se les investigaba por la presunta comisión de los delitos lesiones personales leves y privación ilegitima de libertad, en agravio de Ignacio Infante Alfaro. Se funda la presente decisión en el artículo 437 letra "b" del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Publíquese. Notifíquese a las partes. Diarícese. Déjese copia certificada. Remítase los autos al Juzgado de origen en su oportunidad legal, a los fines legales consiguientes.
Juez Presidente de Sala,
Rafael González Arias
El Juez (Ponente),
Miguel Angel Cásseres González
La Juez,
Fátima Caridad Dacosta
La Secretaria,
Esmeralda Ramírez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
Esmeralda Ramírez