REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 14 de Octubre del 2004
194 y 145

JP01-S-2004-000320
SOLICITANTE: FISCAL SUPERIOR DEL ESTADO GUARICO

Visto el escrito interpuesto por la Fiscal Superior del Ministerio Público, Doctora MATILDE STABILE, en fecha 30-01-2004, en uso de sus atribuciones solicita a este Tribunal, Medida de Protección para garantizar la integridad y seguridad de la ciudadana ANGEL MARIA HERRERA ARELLAN, a tenor de lo dispuesto en el artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 118 del Código Orgánico Procesal Penal.
Procede este Juzgado, a estudiar la viabilidad de la solicitud, para lo cual al respecto observa:
El acto procesal penal ha de ser producido y ha de tender a resolver el objeto procesal, esto viene determinado por la situación facticia y jurídica del momento en que se producen y de la naturaleza del acto mismo, por ello, este Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre el pedimento fiscal dado el tiempo transcurrido desde el momento de la solicitud hasta el día de hoy, a tal efecto, resuelve devolver las actuaciones a la Fiscalía Superior con sede en San Juan de los Morros, a los fines de reformular si es necesario la petición. Notifíquese a las partes, remítase con oficio. En San Juan de los Morros a los Catorce (14) días del mes de Octubre del 2004.
LA JUEZ,


DORELIS VELASQUEZ
LA SECRETARIA

ANNAKARINE PEÑA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio N° 7395.
LA SECRETARIA