República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 4882
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): Marlene Josefina Soteldo Navare.

En relación a la solicitud de fecha 25 de agosto del año 2004, suscrita por la ciudadana Marlene Josefina Soteldo Navare, venezolana, mayor de edad, de profesión aerotécnico, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.025.713, asistida de abogado, donde solicita en su condición de hija, sea declarada conjuntamente con sus hermanos, Carmen Luisa Navarez, Judith del Coromoto Navares, Edith Josefina Navares, Zulay María Navarez, Jorge Luis Salcedo Navares, José Gregorio Soteldo Navares (hoy difunto) y Ramón Oswaldo Medina Navares, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.719.939, V-4.584.839, V-5.417.577, V-7.263.781, V-10.501.271, V-6.054.213 (hoy difunto) y V-9.099.648, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos de su difunta madre Felicia Antonia Navares, quien falleció ab-intestato el día 26 de mayo del año 2004, en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: Marlene Josefina Soteldo Navare, Carmen Luisa Navarez, Judith del Coromoto Navares, Edith Josefina Navares, Zulay María Navarez, Jorge Luis Salcedo Navares, José Gregorio Soteldo Navares (hoy difunto) y Ramón Oswaldo Medina Navares, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, de la difunta Felicia Antonia Navares. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.-

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los seis (06) días del mes de octubre del año dos mil cuatro (2004). Años 194° de la Independencia y 145º de la Federación.


El Juez,

Abg. Iván González Espinoza.-
La Secretaria,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.-
En la misma fecha siendo las 10:45 a.m., se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaria,
IGE/jcp.-
SOL. Nº 4882