REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio-Valle de la Pascua
Valle de la Pascua, 4 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO : JP21-P-2004-000089
Visto el oficio N° ZP-5.190-04 de fecha 03-10-2004 recibido en este Tribunal el día de hoy 04-10-2004 a las 10:30 a.m., según constancia de recepción por secretaría; donde el Comandante de la Zona Policial N° 05 de Zaraza pone a la disposición de este Tribunal al ciudadano AULAR HERNAN JOSÉ, al aparecer solicitado según el Sistema de Información Policial por este despacho conforme comisión N° 1087 de fecha 21-10-2003 por el delito de Robo Genérico y Atraco y quién fue depositado en la zona policial N° 02 a la orden del Despacho.-
Ahora bien, tras la revisión y verificación de tal información, este tribunal a través de la consulta de intervinientes y del asunto JP21-P-2004-000089, se pudo precisar que efectivamente dicho ciudadano fue requerido por este Tribunal de Juicio mediante Orden de Captura con oficio N° 1088-03, en asunto principal JK21-P-2002-000007, siendo en consecuencia puesto a la orden de este Tribunal el referido ciudadano mediante oficio N° ZP-5.414-03 de fecha 24-10-2003 emanado de la Comandancia de la Zona Policial N° 05, que hoy lo vuelve a capturar y remitirlo en base al mismo oficio. Así mismo se observa que dicho ciudadano se le realizó Juicio Oral y Público en la misma causa en fecha 14-07-2004, resultando ABSUELTO, por lo que se libro la respectiva boleta de excarcelación y en su oportunidad legal, en fecha 16-08-2004, fue remitido el asunto al Tribunal de Ejecución. En consecuencia, se acuerda oficiar a la brevedad al ciudadano Comandante de la Zona Policial N° 02 de esta ciudad, a los fines de que sirva poner en libertad inmediata al ciudadano AULAR HERNAN JOSE, en virtud de que esta ya fue ejecutada en fecha 24-10-2003 por el mismo órgano de la Zona Policial N° 05. Así mismo, se ordena oficiar al Comandante de la Zona Policial N° 05 y al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de que deje sin efecto la Orden de Captura ordenada mediante oficio N° 1088-03 de fecha 21-10-2003 y en consecuencia el mismo sea desincorporado del Sistema Computarizado SIPOL. Ofíciese lo conducente y Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE JUICIO N° 03
ABOG. MIRIAM BALOA DE QUIJADA
LA SECRETARIA,
ABG. HIYAN ABOU FARA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. HIYAN ABOU FARA