REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


Decisión N° 09

Causa N° JK01-X-2004-000013
Motivo: Inhibición.
Abg. Ramón Vivas Frontado. Juez 2° de Juicio.
Ponente: Miguel Angel Cásseres González
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I
Expositiva
El 27 de agosto de 2004, el juez Ramón Vivas Frontado, ejerciendo funciones en el Juzgado 2° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, manifestó excusa de conocer en el asunto N° JJ01-P-2003-000014, de su nomenclatura interna, en fundamento a lo establecido en los artículos 87 y 86 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, por haber emitido opinión en la respectiva causa cuando se desempeñaba como Juez 2° de Control de éste Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, tal como se infiere y evidencia de las actuaciones que fueron acompañadas por el juez que se inhibe y que corre a los folios que van del 05 al 18, lo cual demuestra que la causal invocada está comprobada y ajustada a la ley, por lo que se declara con lugar la referida inhibición.

II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara con lugar la inhibición propuesta por el Abg. Ramón Vivas Frontado, Juez 2° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en el asunto JJ01-P-2003-000014, de su nomenclatura interna, por estar hecha en forma legal y fundada en causal establecida por la ley; y, por vía de consecuencia, se aparte del conocimiento al juez Ramón Vivas Frontado, subsanándose de esta manera la crisis procesal subjetiva que afecta la presente relación jurídica procesal. Se funda la presente decisión en los artículos 86 ordinal 7° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Regístrese. Diarícese. Bájese la incidencia en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
El Juez Presidente,




Rafael González Arias
El Juez, (Ponente)





Miguel Angel Cásseres González
La Juez,



Fátima Caridad Dacosta

La Secretaria,




Annakarine Peña



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.


La Secretaria,



Annakarine Peña