En horas de Despacho del día de hoy, trece (13) de Septiembre del año 2004, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julian Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el inmueble ubicado en la Calle Junín N° 60 de esta ciudad, en compañía del ciudadano JOSE ANIBAL GAITAN ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° 2.061.871, asistido del abogado DOUGLAS BUAIZ VALERA, Impreabogado N° 71.081, a los fínes de prácticar Medida Preventiva de Secuestro en la sede antes mencionada, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en fecha 01 de Julio de 2004, constituido el Tribunal en la dirección antes mencionada se procedió a dar el toque de Ley siendo atendido por el ciudadano JOSE ANIBAL GAITAN, titular de la cédula de identidad N° 2.061.871, en su condición de demandante, seguidamente se le dá el derecho de palabra a la abogado ejecutante, quien expone: "Solicito a este digno Tribunal proceda a ejecutar la Medida Preventiva de Secuestro sobre el vehículo con la siguiente descripción, marca PEGASO, placas N° 961-ADW, Seríal del Motor N° 188405507, Modelo 2081-LC, Año 1984, Tipo ESTACA, color Blanco y Negro, Seríal de Carrocería N° 4192150205, donde se encuentra constituido el Tribunal. en este estado el Tribunal designa de conformidad con el artículo 35 de la Ley de Depósito Judicial, como Depositario Judicial al ciudadano ROBERT RINCON, titular de la cédula de identidad N° 10.076.442, quien acepto el cargo y juró cumplir con las obligaciones inherentes al mismo, seguidamente el Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta Medida de Secuestro sobre el vehículo: Marca; PEGASO, Placas: N° 961-ADW, Seríal del Motor: N° 188405507, Modelo: 2081-LC, Año: 1984, Tipo: ESTACA, Color: Blanco y Negro, Seríal de Carrocería N° 4192150205, el cual se encuentra estacionado en la dirección antes indicada y donde permanecerá mientras dure la presente medida, asimismo se le hace entraga al ciudadano ROBERT RINCON Depositario Judicial designado a los fines de su resguardo conforme lo indica la Ley, es todo. Se terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABOG IVONNE BELISARIO TOVAR; EL EJECUTANTE (Fdo Ilegible) JOSE ANIBAL GAITAN ORTEGA; EL ABOGADO ASISTENTE (Fdo Ilegible) DOUGLAS BUAIZ VALERA; EL DEPOSITARIO JUDICIAL (Fdo Ilegible) ROBERT RINCON Y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABOG. EVELIA RODRIGUEZ GARCIA.-