En horas de Despacho del día de hoy, Catorce (14) de Septiembre, siendo las 10:00 horas de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la Calle 19 de Abril del Sector Los Cerezos, Barrio La Morera, en compañía del ciudadano FRANCISCO DE LOS REYES TOVAR TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 14.811.176, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil O. C. V. Los Cerezos, asistido en este acto por el ciudadano ABOG. RICARDO LUGO GAMARRA inpreabogado N° 27.289, a los fines de prácticar Medida de Secuestro decretada por el Juzgado Primero de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 11 de Agosto del 2004, constituido el Tribunal en la sede antes mencionada se procedió a efectuar el toque de Ley, siendo atendido por el ciudadano IGNACIO RAMON LINARES, titular de la cédula de identidad N° 7.284.297. Seguidamente se le dá el derecho de palabra al ciudadano FRANCISCO DE LOS REYES TOVAR TORREALBA, asistido por el ABOG. RICARDO LUGO GAMARRA, quien expone: "Pido sea practicada la medida decretada por el Tribunal de la Causa al terreno cuya porción, ubicación y linderos están determinados en la comisión, igualmente pido de acuerdo al artículo 599 Ordinal 7° y Siguiente del Código de Procedimiento Civil, se nombre Depositario en la persona de FRANCISCO DE LOS REYES TOVAR TORREALBA". Seguidamente se le dá el derecho de palabra al ciudadano IGNACIO RAMON LINARES, asistido de la ABOG. YANAVIT DEL VALLE, inpreabogado N° 88.586, quien expone: "Acepto la medida en las condiciones previstas siempre y cuándo el depositario cumpla con las funciones estipuladas en la Ley, debido a que es un terreno que está totalmente cultivado que tiene un valor de 16.000.000,oo millones de bolivares aproximadamente, lo cual forma parte del expediente de la causa N° 3163 que cursa por ante el Tribunal de la causa, es todo". En este estado el Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Decreta MEDIDA DE SECUESTRO, sobre una porción de terreno constante de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300 MT2) lo cual forma parte de una mayor extensión con una superficie de NUEVE MIL METROS CUADRADOS (9.000 MT2) cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Parcelas Municipales, Sector Los Cerezos I, en 137,91 Ml: SUR: Parcelas Municipales Sector La Morera, en 219,90 Ml: ESTE: Terrenos Municipales Sector La Morera, en 56,70 Ml y OESTE: Terrenos Municipales en 120,25 Ml, asimismo se designa como Depositario Judicial al ciudadano FRANCISCO DE LOS REYES TOVAR TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° 14.811.176, de conformidad con el artículo 599 Ordinal 7°, en su primer aparte, a los fines de resguardar el lote de terreno secuestrado, quien aceptó el cargo y juró cumplir con las obligaciones inherentes al mismo, es todo. Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible) ABOG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL EJECUTANTE (Fdo Ilegible) FRANCISCO DE LOS REYES TOVAR TORREALBA; EL ABOG. ASISTENTE (Fdo Ilegible) BOG. RICARDO LUGO GAMARRA; EL NOTIFICADO (Fdo Ilegible) IGNACIO RAMON LINARES; ABOG. ASISTENTE NOTIFICADO (Fdo Ilergible) YANAVIT DEL VALLE; EL DEPOSITARIO JUDICIAL(Fdo Ilegible) FRANCISCO DE LOS REYES TOVAR TORREALBA y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABOG. EVELIA RODRIGUEZ GARCIA.-
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