REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control Sección Penal de Adolescentes Estado Guárico, San Juan de los Morros, 15 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2003-001245
ASUNTO : JP01-S-2003-001245


JUEZ: CESAR FIGUEROA.
FISCAL: ABOG. HERNAN GONZALEZ.
DEFENSA: ABOG. YORAIMA LISCANO
IMPUTADO: (IDENTIDAD OMITIDA)
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO


AUTO DE ENJUICIAMIENTO

Realizada como ha sido la audiencia preliminar en la presente causa la cual se inició por actuaciones de la Fiscalia XIII del Ministerio Público en fecha 23/07/2003, cuando presentó Escrito Acusatorio donde aparece como Imputado el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el Ordinal 1º del Artículo 408 del Código Penal, ocurrido en perjuicio del ciudadano JORGE LUIS MELENDEZ RIVERO (OCCISO), y en la cual el adolescente previa imposición por parte del tribunal del Precepto constitucional previsto en el ordinal 5º del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los demás derechos y Garantías, así como de las Fórmulas Alternativas a la Prosecución del Proceso, se Declaró inocente de los hechos imputádoles, se Declaró Sin Lugar la Solicitud Fiscal de dictar Medida Privativa de libertad, en virtud de que el adolescente ha demostrado no obstaculizar el proceso, no existe riesgo razonable de que evadirá el mismo, no existe riesgo de peligro grave para el Representante de la victima o los testigos, Se declaró Sin Lugar la solicitud de la Defensa en cuanto a la Solicitud de Desestimación y de Sobreseimiento, se Admitió la Acusación Fiscal y los Medios de Pruebas ofrecidos por la Defensa y por el Ministerio Público, Se ordenó mantener la medidas cautelares señaladas en los literales “c” y “g” del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad de Adolescentes en Funciones de Control del Tribunal Penal del Estado Guárico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Ordena el enjuiciamiento del Ciudadano Adolescente(IDENTIDAD OMITIDA) a quien el Ministerio Público Acusa de la comisión del Delito de Homicidio Calificado, previsto en el Ordinal 1º del artículo 408 del Código Penal en Grado de Autoría, ocurrido en perjuicio del ciudadano JORGE LUIS MELÉNDEZ RIVERO (OCCISO), de conformidad con lo dispuesto en los articulos 578 y 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se Emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (05) días contados a partir de la remisión de las presentes actuaciones concurran por ante el tribunal de Juicio competente. TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones en su oportunidad legal al Tribunal Unico de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes Estado Guárico.

Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Estado Guárico a los Quince días del mes Septiembre del año 2004.
El Juez.

CESAR FIGUEROA PARIS.


La Secretaria.

FLORANGEL BARRIOS