PENADO: LUIS EDUARDO ZORRILLA.
RESOLUCIÓN: APERTURANDO PROCEDIMIENTO PARA OPTAR AL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO.
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Vista la solicitud presentada por la Abogada Ángela Román Mogollón, Defensora Pública Penal en fase de ejecución de este Circuito Judicial Penal, actuando en representación del penado LUIS EDUARDO ZORRILLA, el cual cursa al folio 81 de 3º Pieza Jurídica del presente asunto penal, en la cual solicita a este Tribunal se aperture el procedimiento y se recaben los requisitos de Ley, a los fines de optar por una de las fórmulas de cumplimiento de pena como lo es la autorización para trabajar fuera del establecimiento carcelario, tal y como lo prevé el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa:

1.- El sentenciado LUIS EDUARDO ZORRILLA, titular de la cédula de identidad Nº 7.298.590, fue condenado por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal en fecha 18/11/2002 (folios 07 al 11 de la pieza Nº 02) a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal.-

2.- En fecha 27/03/2003, el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal condena al precitado penado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 respectivamente del Código Penal ( folios 206 al 210 de la II Pieza)

3.- En fecha 16/05/2003 este tribunal dictó auto mediante el cual se ordenó la acumulación de penas conforme al ordinal 2º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y 87 y 97 del Código Penal , quedando en definitiva la pena en NUEVE (09) AÑOS y TRES (03) MESES DE PRESIDIO .-

4.- El penado LUIS EDUARDO ZORRILLA fue detenido por primera vez en fecha 22/06/2002 (folio 17 de I pieza) y puesto en libertad por medida cautelar sustitutiva de libertad de fecha 23/06/2002, por lo que estuvo detenido UN (01) DÍA .

5.. El precitado penado fue detenido nuevamente en fecha 20/10/2002, por lo que hasta el día de hoy tiene un cumplimiento efectivo de pena de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES y SEIS (06) DÍAS, que sumado a la redención judicial de la pena por el trabajo y el estudio de ONCE (11) MESES, SEIS(06) DÍAS y DOCE (12) HORAS, da un total de cumplimiento de TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES, DOCE (12) DÍAS y DOCE (12) HORAS , por lo que le falta por cumplir de su condena CINCO (05) AÑOS, NUEVE (09) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS y DOCE (12) HORAS, condena que cumplirá definitivamente el 12 de FEBRERO de 2011 a las 12:00 horas del medio día. Y ASI SE ESTABLECE.-

Ahora bien del cómputo anterior se desprende que dicho ciudadano puede optar a una de las medidas de pre - libertad, en la modalidad de Destacamento de Trabajo, al haber cumplido con más de ¼ de la pena impuesta, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 19, 21 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal, Acuerda la Apertura del Procedimiento para el posible otorgamiento de la medida de pre-libertad en la modalidad de Destacamento De Trabajo a favor del penado LUIS EDUARDO ZORRILLA, y a tal efecto se ordena la práctica de las siguientes diligencias:

1) Ofíciese lo conducente Coordinación de Tratamiento No Institucional del Ministerio del Interior y Justicia en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, y al equipo técnico instalado en el Complejo de la Penitenciaría General de Venezuela, con el fin de solicitar la practica del examen psico-social del mencionado penado
2) Solicítese la oferta laboral.
3) Ofíciese al centro de reclusió en donde se encuentra el penado a los fines de solicitar carta de conducta del penado.

Regístrese y publíquese lo decidido. Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA 2º DE EJECUCIÓN

MARIA ANTONIETA SCOTT DE BRITO


EL SECRETARIO

ABG. NEIL LINARES

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.


EL SECRETARIO