REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO-CALABOZO.-

Vista la INHIBICIÓN formulada por el Abogado JOSÉ ELÍAS CHANGIR M., en su carácter de JUEZ ACCIDENTAL de este Tribunal, presentada en diligencia de fecha 26 de Enero de 2005 ante la Secretaria de dicho Tribunal, en el Juicio que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS OCASIONADOS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO sigue HILDA YEXENIA CORONADO DE RODRÍGUEZ y OTROS contra JOSÉ PINTO y OTRO, manifestando que se inhibe de conocer de la presente causa por existir la causal de Inhibición prevista en el artículo 82, Ordinal 15° del Código de Procedimiento Civil, referida a agresión, injuria o amenazas entre el recusado y alguno de los litigantes, a decidirse en el presente juicio, según el contenido de la diligencia de fecha 27 de Enero de 2005, cursante al expediente 5410, folio 75.-

En fecha 21 de Febrero de 2005, se acordó darle entrada y hacer las anotaciones correspondientes.-

El Tribunal siendo el momento oportuno para decidir, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, procede a ello en los términos siguientes: