REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio-Valle de la Pascua
Valle de la Pascua, 04 de abril de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2005-000264
Visto el acto de celebración del juicio oral y publico de fecha 01-04-2005, en la presente causa, seguida en contra del ciudadano: ANTONIO JOSE ROJAS, venezolano, natural de Zaraza, Estado Guarico, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.636.852, nacido en fecha 27-10-71, de 34 años de edad, hijo de Ramón Maita y Maria Rojas, soltero, obrero, residenciado en la calle “El cementerio”, casa N° 8, Zaraza, edo Guarico, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el 455 ordinal 3° Y 6° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ALEXIS RAFAEL VELASQUEZ, acto este en el cual el tribunal y vista la incomparecencia del imputado, se vio obligado a diferir el mismo; a la ves que se observa igualmente luego de verificar en el sistema informático y documental juris 2000, que efectivamente no consta que el imputado cumpliera hasta el día de hoy, con alguna de las presentaciones por ante la Oficina del Alguacilazgo de esta Extension Judicial Penal, cada cinco (05) días, ordenadas mediante auto de fecha 01 de marzo de 2005, por lo que se estima que el mismo ha incurrido en un desacato y desobediencia de las medidas de coerción personal impuestas, en consecuencia y de conformidad con lo previsto en el articulo ordinal 2° del articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Juicio No. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE: REVOCAR las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad al referido acusado y en su lugar SE DECRETA la aplicación de la Medida de Privación Judicial Preventiva Privativa de Libertad, en su contra, por lo tanto se ordena librar los correspondientes oficios contentivo de orden de captura, a la Comandancia de la Zona Policial Nº 02 de esta ciudad y al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Valle de la Pascua.
EL JUEZ DE JUICIO No. 01
ABOG. MIGUEL LEDEZMA
LA SECRETARIA,
ABOG. ISABEL CRISTINA FLORES.
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