REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 5 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000045
PENADO: PEDRO VICENTE ZERPA
DECISION: SOLICITUD DE LIBERTAD PLENA
Por recibido y visto escrito presentado por el Defensora Pública Penal Segunda Abg. Thaymid González de Camero, en su carácter de defensora del penado en el presente asunto ciudadano PEDRO VICENTE ZERPA, en el cual solicita sea decretada la libertad plena del mismo por cumplimiento de la pena impuesta. Este tribunal a los fines de resolver observa que en el penado viene disfrutando de la formula alternativa de cumplimiento de pena de Confinamiento, tal como se observa de los folios (138) al (141), del presente asunto, observando el tribunal que el penado ha venido cumpliendo a cabalidad con las obligaciones ordenadas por este tribunal, entre ellas las presentaciones periódicas ante la Prefectura del Municipio Foráneo de Zuata en la Victoria , estado Aragua, todo lo cual consta de la revisión del oficio S/N, de fecha 12/08/2005, suscrito por Luis Ramón Fuentes, Prefecto de la Parroquia de Zuata, cursante al Folio (161) de igual manera observa el tribunal que el penado cumple definidamente la pena impuesta en fecha 26-05-2005 a las 12:00 m, tal como se desprende del ultimo computo realizado por redención de la pena efectuado en fecha 11-05-2004, cursante a los folios (126) al (128) del presente asunto, consideraciones por las cuales este tribunal deberá decretar la libertad plena por cumplimiento de la pena impuesta al penado .Y así se decide
DISPOSITIVA
Es por lo que este Tribunal de Ejecución No. 01 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano PEDRO VICENTE ZERPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.673.708, nacido el 15-01-1975, en Valle de la Pascua, Estado Guárico, soltero, hijo de ANGELA ZERPA Y RAMON ORTEGA, domiciliado en la calle Piar, casa No. 15, en esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, por cumplimiento definitivo de pena. Igualmente en lo que respecta a la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, el Ciudadano PEDRO VICENTE ZERPA, DEBERA cumplir con la obligación de dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a estos a los fines de dar cumplimiento a la mencionada pena accesoria, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Código Penal, la cual finalizará el día 26-10-2006, a las 12 M. Cítese al penado a los fines de su notificación. Notifíquese igualmente a su defensor y al Fiscal Noveno de Ejecución del Ministerio Público del Estado Guárico. Líbrese oficio informando lo conducente al Jefe del Departamento de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Igualmente líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalisticas de esta ciudad a fin de que procedan a la desincorporación del Sistema de Información Policial (SIPOL) del mencionado penado por lo que respecta a la presente causa. Diarícese. Publíquese. Déjese copia para el archivo. Líbrense Boletas de Citación, Notificación y Oficio Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION No. 01
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. HIYAN MARIA ABOU FARA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
LA SECRETARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 5 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000045
OFICIO No. 2140-05
CIUDADANO:
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
DE EJECUCION Y SANCIONES PENALES
DEL MINISTERIO DE INTERIOR Y JUSTICIA
CARACAS. DISTRITO CAPITAL.
SU DESPACHO.
Me dirijo a usted en la oportunidad de hacer de su conocimiento que este Tribunal mediante auto de esta misma fecha acordó la LIBERTAD PLENA del Ciudadano PEDRO VICENTE ZERPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.673.708, nacido el 15-01-1975, en Valle de la Pascua, Estado Guárico, por cumplimiento definitivo de pena que le fuera impuesta.
Remisión que hago a usted a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
ABOG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCION NRO. 01
IMFdR/nb.-
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 5 de Diciembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000045
OFICIO Nº: 2141-05
CIUDADANO:
COMISARIO JEFE DEL CUERPO DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS,
PENALES Y CRIMINALISTICAS,
SECCIONAL VALLE DE LA PASCUA
SU DESPACHO.
Me dirijo a usted, en la oportunidad de solicitarle se sirva ordenar realizar las gestiones pertinentes a objeto de que sea desincorporado del sistema de información policial (SIPOL), al ciudadano PEDRO VICENTE ZERPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.673.708, nacido el 15-01-1975, en Valle de la Pascua, Estado Guárico, por cumplimiento definitivo de pena que le fuera impuesta. En virtud que este Tribunal por auto de esta misma fecha declaró la LIBERTAD PLENA DEL MISMO, por cumplimiento definitivo de pena que le fuera impuesta.
Solicitud que hago a usted, a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
ABOG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCION NRO. 01
IMFdR/nb.-
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTODEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”.-